Referencia:
- Art. 119 y 120 Constitución Política del Estado libre y Soberano de México 2021.
El Estado de México está compuesto por 125 municipios, los cuales se integran territorialmente por la cabecera municipal, y por las delegaciones, subdelegaciones, colonias, sectores y manzanas, con la denominación, extensión y límites que establezcan con previo consenso por los ayuntamientos.
Cada municipio es gobernado por un ayuntamiento de elección popular directa y no hay ninguna autoridad intermedia entre éste y el Gobierno del Estado.
Los integrantes de los ayuntamientos de elección popular, se eligen conforme a los principios de mayoría relativa y de representación proporcional, con dominante mayoritario.
Un gobierno municipal se integra tomando en cuenta el número de habitantes que lo conforman:
Número de Habitantes | Composición del gobierno municipal |
Menos 150 mil habitantes. | Una Presidencia, una Sindicatura y cuatro Regidurías, electos por planilla según el principio de mayoría relativa y hasta cuatro regidurias designados según el principio de representación proporcional. |
Población de más de 150 mil y menos 500 mil habitantes. | Una Presidencia, una Sindicatura y cinco Regidurías, electas por planilla según el principio de mayoría relativa y hasta cuatro Regidurías designadas según el principio de representación proporcional. |
Población de más de 500 mil y menos un millón de habitantes. | Una Presidencia, dos Sindicaturas y siete Regiduría, electas por planilla según el principio de mayoría relativa. Habrá una Sindicatura y hasta cinco Regidurías según el principio de representación proporcional. |
- Art. 119 y 120 Constitución Política del Estado libre y Soberano de México 2021.
Son cargos elegidos por la ciudadanía cada 3 años e inician sus funciones el 1 enero del año siguiente al año de la elección.
• Votación directa donde la Candidata o Candidato con sus respectivas Planillas obtienen la representación de algún Municipio cuando logra la mayor cantidad de votos en la elección.
• Un solo espacio para cada Candidatura se compone de una fórmula de una Candidata o Candidato con su Planilla de propietarios y suplentes que los Partidos Políticos o Coaliciones registran para competir por un Ayuntamiento.
Se garantizará la asignación del 50% mujeres y 50% hombres en candidaturas por Ayuntamientos.
• Tendrán derecho a participar en la asignación por Representación Proporcional las Regidurías y, en su caso, Sincicaturas, los partidos políticos, las candidaturas comunes o coaliciones que cumplan los requisitos siguientes:
• Haber obtenido en el municipio correspondiente, al menos el 3% de la votación válida emitida.
• El partido, coalición, candidato común o candidatos independientes cuya planilla haya obtenido la mayoría de votos en el municipio correspondiente, NO tendrá derecho a que se le acrediten miembros de Ayuntamiento de representación proporcional.
• Tratándose de coaliciones formadas para la elección de ayuntamientos, deberán también cumplir el que cada uno de los partidos integrantes de la coalición haya registrado planillas propias, diversas a las de la coalición, en por lo menos 30 municipios, salvo en el caso de que la coalición se haya registrado para la totalidad de los municipios. En todo caso, la suma no deberá ser menor a 60 planillas registradas.
- Código Electoral del Estado de México 2021.
Para la organización electoral, el territorio del Estado de México se subdivide en diversos espacios, entre ellos, 125 Juntas Municipales Electorales.
A través de cada Junta Municipal se elige una Presidencia Municipal con su Planilla bajo el principio de Mayoría Relativa por un periodo de 3 años.
La distribución de las Juntas Municipales Electorales en el estado de México se hacen conforme los criterios generales determinados por el Consejo General del IEEM.
En cada uno de los Municipios, el Instituto cuenta con los siguientes órganos:
Las Juntas Municipales se dividen de la siguiente manera en lel Estado de México
125 Municipios
No. / Municipio | No. / Municipio | No. / Municipio | No. / Municipio | No. / Municipio |
1 ACAMBAY 2 ACOLMAN 3 ACULCO 4 ALMOLOYA DE ALQUISIRAS 5 ALMOLOYA DE JUÁREZ 6 ALMOLOYA DEL RÍO 7 AMANALCO 8 AMATEPEC 9 AMECAMECA 10 APAXCO 11 ATENCO 12 ATIZAPÁN 13 ATIZAPÁN DE ZARAGOZA 14 ATLACOMULCO 15 ATLAUTLA 16 AXAPUSCO 17 AYAPANGO 18 CALIMAYA 19 CAPULHUAC 20 COACALCO DE BERRIOZABAL 21 COATEPEC HARINAS 22 COCOTITLÁN 23 COYOTEPEC 24 CUAUTITLÁN 25 CUAUTITLÁN IZCALLI |
26 CHALCO 27 CHAPA DE MOTA 28 CHAPULTEPEC 29 CHIAUTLA 30 CHICOLOAPAN 31 CHICONCUAC 32 CHIMALHUACÁN 33 DONATO GUERRA 34 ECATEPEC DE MORELOS 35 ECATZINGO 36 HUEHUETOCA 37 HUEYPOXTLA 38 HUIXQUILUCAN 39 ISIDRO FABELA 40 IXTAPALUCA 41 IXTAPAN DE LA SAL 42 IXTAPAN DEL ORO 43 IXTLAHUACA 44 XALATLACO 45 JALTENCO 46 JILOTEPEC 47 JILOTZINGO 48 JIQUIPILCO 49 JOCOTITLÁN 50 JOQUICINGO |
51 JUCHITEPEC 52 LERMA 53 MALINALCO 54 MELCHOR OCAMPO 55 METEPEC 56 MEXICALTZINGO 57 MORELOS 58 NAUCALPAN DE JUÁREZ 59 NEXTLALPAN 60 NEZAHUALCÓYOTL 61 NICOLÁS ROMERO 62 NOPALTEPEC 63 OCOYOACAC 64 OCUILAN 65 EL ORO 66 OTUMBA 67 OTZOLOAPAN 68 OTZOLOTEPEC 69 OZUMBA 70 PAPALOTLA 71 LA PAZ 72 POLOTITLÁN 73 RAYÓN 74 SAN ANTONIO LA ISLA 75 SAN FELIPE DEL PROGRESO |
76 SAN MARTÍN DE LAS PIRÁMIDES 77 SAN MATEO ATENCO 78 SAN SIMÓN DE GUERRERO 79 SANTO TOMÁS 80 SOYANIQUILPAN DE JUÁREZ 81 SULTEPEC 82 TECÁMAC 83 TEJUPILCO 84 TEMAMATLA 85 TEMASCALAPA 86 TEMASCALCINGO 87 TEMASCALTEPEC 88 TEMOAYA 89 TENANCINGO 90 TENANGO DEL AIRE 91 TENANGO DEL VALLE 92 TEOLOYUCAN 93 TEOTIHUACÁN 94 TEPETLAOXTOC 95 TEPETLIXPA 96 TEPOTZOTLÁN 97 TEQUIXQUIAC 98 TEXCALTITLÁN 99 TEXCALYACAC 100 TEXCOCO |
101 TEZOYUCA 102 TIANGUISTENCO 103 TIMILPAN 104 TLALMANALCO 105 TLALNEPANTLA DE BAZ 106 TLATLAYA 107 TOLUCA 108 TONATICO 109 TULTEPEC 110 TULTITLÁN 111 VALLE DE BRAVO 112 VILLA DE ALLENDE 113 VILLA DEL CARBÓN 114 VILLA GUERRERO 115 VILLA VICTORIA 116 XONACATLÁN 117 ZACAZONAPAN 118 ZACUALPAN 119 ZINACANTEPEC 120 ZUMPAHUACÁN 121 ZUMPANGO 122 VALLE DE CHALCO SOLIDARIDAD 123 LUVIANOS 124 SAN JOSÉ DEL RINCÓN 125 TONANITLA |