INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO

CONSEJO GENERAL

Sesión ordinaria del día ocho de diciembre del año dos mil once

ACUERDO N°. IEEM/CG/147/2011

Addenda al Anexo Técnico Número Uno al Convenio de Apoyo y Colaboración, celebrado con el Instituto Federal Electoral; para el desarrollo del Proceso Electoral de Gobernador 2011.

Visto, por los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, el proyecto de Acuerdo presentado por el Secretario del Consejo General, y

R E S U L T A N D O

   
1. Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión extraordinaria de fecha treinta de diciembre del año dos mil diez, aprobó mediante Acuerdo número IEEM/CG/60/2010, el Convenio de Apoyo y Colaboración y sus correspondientes Anexos Técnico Número Uno y Financiero, a suscribirse con el Instituto Federal Electoral, para la elección de Gobernador 2011.
   
2. Que con fecha treinta de diciembre de dos mil diez, el Instituto Federal Electoral, a través de su Consejero Presidente y de su Secretario Ejecutivo y el Instituto Electoral del Estado de México, representado por su Consejero Presidente y su Secretario Ejecutivo General, suscribieron el Convenio referido en el resultando previo.
   
3. Que en la cláusula tercera del Convenio citado, se prevé la suscripción de Anexos Técnicos y Financieros para regular las acciones que en materia del Registro Federal de Electores debía realizar el Instituto Federal Electoral, en apoyo a la celebración del Proceso Electoral de Gobernador 2011.
   
4. Que en el tercer párrafo de la cláusula décima cuarta del Anexo Técnico Número Uno, se pactó que a más tardar el primero de junio de dos mil once, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores entregaría al Instituto Electoral del Estado de México nueve tantos originales de la Lista Nominal de Electores Definitiva con Fotografía, en presencia de Notario Público del Distrito Federal.
   
5.

Que en la cláusula décima novena del Anexo Técnico Número Uno, se establece que el Instituto Electoral del Estado de México se compromete a cubrir al Instituto Federal Electoral la totalidad de los gastos que se generen por las actividades contempladas en dicho instrumento jurídico.

Asimismo, en el párrafo tercero de la cláusula en cita, se previó que el Instituto Electoral del Estado de México, entregaría en dos exhibiciones al Instituto Federal Electoral la cantidad de $9,174,624.51 (nueve millones ciento setenta y cuatro mil seiscientos veinticuatro pesos 51/100 m.n.), mediante cheque expedido a favor del Instituto Federal Electoral, a través de la Dirección Ejecutiva de Administración, para el desarrollo de las actividades consignadas en el Anexo Técnico de referencia.

   
6. Que en la cláusula vigésima primera, párrafo segundo, del Anexo Técnico Número Uno ya citado, se previene que el Instituto Federal Electoral comunicará al Instituto Electoral del Estado de México, sobre la necesidad de realizar ajustes a alguno de los compromisos adquiridos por virtud del Anexo Técnico en comento.
   
7. Que en fecha diez de enero de dos mil once, el Instituto Electoral del Estado de México, cubrió al Instituto Federal Electoral, la cantidad de $4,587,312.25 (cuatro millones quinientos ochenta y siete mil trescientos doce pesos 25/100 M.N.), como una de las exhibiciones pactadas en el tercer párrafo de la cláusula décima novena del Anexo Técnico Número Uno.
   
8. Que el día quince de abril del año en curso, el Instituto Electoral del Estado de México, efectuó la segunda y última exhibición por la cantidad de $4,587,312.25 (cuatro millones quinientos ochenta y siete mil trescientos doce pesos 25/100 M.N.); tal y como se acordó en el tercer párrafo de la cláusula décima novena del Anexo Técnico Número Uno ya mencionado.
   
9. Que en fecha veintiocho de abril del presente año, mediante oficio IEEM/SEG/4205/2011, el Instituto Electoral del Estado de México, solicitó al Instituto Federal Electoral, la reducción de nueve a cinco tantos de la Lista Nominal de Electores Definitiva con Fotografía.
   
10. Que en fecha primero de junio de dos mil once, en el Centro Nacional de Impresión, el Instituto Federal Electoral hizo entrega al Instituto Electoral del Estado de México, de cinco tantos de la Lista Nominal de Electores Definitiva con Fotografía, de conformidad con el tercer párrafo de la cláusula décima cuarta del Anexo Técnico Número Uno en cita.
   
11. Que mediante oficio número IEEM/DA/2213/2011, de fecha treinta y uno de agosto de dos mil once, el Instituto Electoral del Estado de México, solicitó al Instituto Federal Electoral, el reintegro del monto correspondiente a los cuatro tantos de la Lista Nominal de Electores Definitiva que no fueron utilizados.
   
12. Que en fecha diez de noviembre del año en curso, la Comisión Especial de Vigilancia para la Actualización, Depuración y Verificación del Padrón y Lista Nominal de Electores del Consejo General de este Instituto, celebró sesión extraordinaria en la que, aprobó mediante Acuerdo Número 02, la “Addenda al Anexo Técnico Numero Uno al Convenio de Apoyo y Colaboración suscrito por el IFE para el Proceso Electoral 2011”; acordando autorizar al Secretario Técnico, en su carácter de Secretario Ejecutivo General, someter el Acuerdo de referencia al Consejo General para su conocimiento y, de ser el caso, su aprobación definitiva, y;
   
C O N S I D E R A N D O
   
I. Que el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en el artículo 119, inciso n), faculta a la Presidencia del Consejo General del Instituto Federal Electoral, convenir con las autoridades competentes la información y documentos que habrá de aportar la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores para los procesos electorales locales.
   
II. Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11 primer párrafo, así como el Código Electoral del Estado de México en el artículo 78 primer párrafo, establecen que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México.
   
III.

Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 95, fracción XXVIII, atribuye al Consejo General de este Instituto conocer, en su caso, aprobar y supervisar el cumplimiento de los convenios que el Instituto celebre con la autoridad federal electoral.

   
IV.

Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 96, fracción II, prevé la atribución del Consejero Presidente del Consejo General, de firmar conjuntamente con el Secretario Ejecutivo General, los convenios que se celebren con  autoridades electorales.

   
V. Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 102 fracciones VII y VIII, faculta al Secretario Ejecutivo General de este Instituto, para someter a la aprobación del Consejo General, tanto el convenio que celebre con la autoridad federal electoral en relación con la información y documentos que habrá de aportar el Registro Federal de Electores, como los convenios que celebre con el Instituto Federal Electoral en materia de apoyo y colaboración, estos últimos a través del Consejero Presidente.
   
VI. Que este Consejo General una vez que conoció y analizó la Addenda al Anexo Técnico número Uno al Convenio de Apoyo y Colaboración, celebrado con el Instituto Federal Electoral para el desarrollo del Proceso Electoral de Gobernador 2011; estima oportuno su suscripción, toda vez que con la celebración de la misma, el Instituto Federal Electoral reintegrará al Instituto Electoral del Estado de México, la cantidad de $723,681.02 (setecientos veintitrés mil seiscientos ochenta y un pesos 02/100 M.N.) y 1,333,000 hojas en papel seguridad tamaño carta por concepto de la reducción de 4 tantos impresos de la Lista Nominal de Electores Definitiva con Fotografía. En virtud de lo cual resulta procedente aprobar su suscripción con el Instituto Federal Electoral.

En mérito de lo expuesto, fundado y con base además en lo dispuesto por los artículos 3 párrafo primero, 85, 92 párrafos cuarto y séptimo y 94 del Código Electoral del Estado de México y 6 incisos a) y e), 49, 52 párrafo primero, 56 y 57 del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, se expiden los siguientes Puntos de:

ACUERDO

PRIMERO.-   Se aprueba la Addenda al Anexo Técnico Número Uno al Convenio de Apoyo y Colaboración, celebrado con el Instituto Federal Electoral para el desarrollo del Proceso Electoral de Gobernador 2011, que habrán de celebrar el Instituto Federal Electoral y el Instituto Electoral del Estado de México, que se adjuntan al presente Acuerdo para que forme parte del mismo

SEGUNDO.- Se autoriza al Consejero Presidente del Consejo General y al Secretario Ejecutivo General, para que suscriban la Addenda materia del presente Acuerdo.

TERCERO.-  El Consejero Presidente del Consejo General, remitirá al Consejero Presidente del Consejo General del Instituto Federal Electoral el presente Acuerdo, adjuntando la Addenda al Anexo Técnico Número Uno al Convenio de Apoyo y Colaboración, celebrado con el Instituto Federal Electoral; para el desarrollo del Proceso Electoral de Gobernador 2011, que se aprueba, como propuesta del Instituto Electoral del Estado de México, para su aprobación y, en su caso, suscripción.

CUARTO.-    La Addenda aprobada por el presente Acuerdo, tendrá una duración limitada, que iniciará a partir de su suscripción y hasta que las partes lo hayan ejecutado en estricto apego a la normatividad que rija en sus respectivos ámbitos de competencia.

TRANSITORIOS

PRIMERO.-   Publíquese el presente Acuerdo y su anexo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”, así como en la página electrónica del Instituto Electoral del Estado de México.

SEGUNDO.- El presente Acuerdo surtirá efectos a partir de su aprobación por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.

TERCERO.-  Infórmese en su oportunidad, al Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, la formalización y términos definitivos de la Addenda aprobada por el Punto Primero del presente Acuerdo.

Así lo aprobaron por unanimidad de votos, los Consejeros Electorales del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en Sesión Ordinaria celebrada en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, el día ocho de diciembre de dos mil once y firmándose para constancia legal, conforme a lo dispuesto por los artículos 97, fracción IX y 102, fracción XXXI, del Código Electoral del Estado de México y 7, inciso n), del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.

"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL

M. EN D. JESÚS CASTILLO SANDOVAL 

SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL

ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL

 
ANEXO