INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO

CONSEJO GENERAL

Sesión Extraordinaria del día treinta de junio del año dos mil once

ACUERDO N°. IEEM/CG/107/2011

Sustitución y Designación del Vocal de Organización de la Junta Distrital XVI, con cabecera en Atizapán de Zaragoza, para el proceso electoral de Gobernador 2011.

Visto, por los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, el proyecto de Acuerdo presentado por el Secretario del Consejo General, y

R E S U L T A N D O

   
1.
Que la H. “LVII” Legislatura del Estado, expidió el decreto número 234, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México “Gaceta del Gobierno” el día tres de diciembre del año dos mil diez, en donde convocó a los ciudadanos del Estado de México y a los partidos políticos con derecho a participar, en la elección ordinaria para elegir al Gobernador Constitucional de la Entidad, para el periodo comprendido del dieciséis de septiembre de dos mil once al quince de septiembre de dos mil diecisiete.
 
2.
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, el día dos de enero del año en curso, celebró sesión solemne con la que, con fundamento en los artículos 92 párrafo segundo y 139 del Código Electoral del Estado de México, inició el proceso electoral ordinario por el que se elegirá al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de México, para el periodo constitucional 2011-2017.
 
3.
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión ordinaria del día diecinueve de enero de dos mil once, designó a través del Acuerdo número IEEM/CG/03/2011, a los Vocales de las Juntas Distritales para el proceso electoral de Gobernador 2011; a los que, conforme al Punto Tercero del mencionado Acuerdo, podrá sustituir en forma fundada y motivada, con los ciudadanos que en orden descendente, se encuentren en las listas respectivas.
 
4.
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en sesión ordinaria celebrada el diez de mayo de dos mil once, expidió el Acuerdo IEEM/CG/56/2011, por el que sustituyó al ciudadano Sergio Hernández Olvera quien había sido designado por el referido Acuerdo IEEM/CG/03/2011 como Vocal de Organización de la Junta Distrital XVI cabecera en Atizapán de Zaragoza, Estado de México, a causa de que renunció al cargo, por lo que nombró en su lugar a la ciudadana Katia Zaldívar Silva.
   
5.
Que mediante escrito de fecha veintiocho de junio del presente año, que obra en poder de la Dirección del Servicio Electoral Profesional, la ciudadana Katia Zaldívar Silva, renunció al cargo de Vocal de Organización de la Junta Distrital XVI, con cabecera en Atizapán de Zaragoza, Estado de México que le fuera conferido mediante Acuerdo IEEM/CG/56/2011.
 
6.
Que con motivo de la renuncia que se refiere en el Resultando anterior, el Director del Servicio Electoral Profesional, a través del oficio número IEEM/DSEP/820/2011 de fecha veintinueve de junio del año en curso, remitió a la Secretaría Ejecutiva General, la propuesta de sustitución respectiva, a efecto de que fuera sometida directamente a la consideración de este Consejo General toda vez que la cercanía de la jornada electoral del actual proceso electoral hace necesaria la urgente designación del sustituto que funja como Vocal de Organización de la Junta Distrital XVI, con cabecera en Atizapán de Zaragoza, Estado de México; y
 
C O N S I D E R A N D O
   
I.
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 11 párrafo primero, así como el Código Electoral del Estado de México en el artículo 78 primer párrafo, establecen que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México.
 
II.
Que de conformidad con el artículo 79, párrafo primero, del Código Electoral del Estado de México, el Instituto Electoral del Estado de México se regirá para su organización, funcionamiento y control por las disposiciones constitucionales relativas y las del propio Código Electoral.
 
III.
Que en términos de la fracción IV, del artículo 81, del Código Electoral del Estado de México, el Instituto Electoral del Estado de México, tiene entre sus fines, garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar al Titular del Poder Ejecutivo.
 
IV.
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 95, fracción V del Código Electoral del Estado de México, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, cuenta con la atribución de designar a los vocales de las juntas distritales, así como de acordar lo conducente para la integración y funcionamiento de las actividades de los órganos desconcentrados del Instituto, lo anterior en concordancia con el Acuerdo IEEM/CG/03/2011, referido en el Resultando 3 del presente.
 
V.
Que el artículo 92 fracción I, del Estatuto del Servicio Electoral Profesional, establece que un puesto podrá considerarse como vacante al estar desocupado por separación definitiva del titular.
 
VI.
Que el Estatuto del Servicio Electoral, en el artículo 104, fracción I, prevé como una causa de pérdida del nombramiento eventual, por tanto baja del Servicio Electoral Profesional y conclusión de la relación laboral, sin responsabilidad para el Instituto Electoral del Estado de México, la renuncia.
 
VII.
Que en términos del artículo 93 del Estatuto del Servicio Electoral Profesional, la ocupación de una vacante de un puesto con funciones directivas en órganos desconcentrados, se llevará a cabo de acuerdo a lo señalado en el artículo 95 fracción V del Código Electoral del Estado de México, atendiendo para la elaboración de la propuesta los resultados del concurso respectivo.
 
VIII.
Que si bien es cierto, las propuestas de sustitución de los Vocales Distritales deben ser realizadas por la Junta General y conocidas por la Comisión de Organización y Capacitación previamente a que sean enviadas a este Órgano Superior de Dirección, en el presente asunto se considera adecuado que la Dirección del Servicio Electoral Profesional, por conducto de la Secretaría Ejecutiva General, haya remitido directamente a este Consejo General la propuesta de sustitución motivo del presente Acuerdo, en atención a que la proximidad de la jornada electoral que se celebrará el tres de julio del año en curso, implica urgencia en la sustitución y designación correspondiente, pues los trabajos de organización del proceso electoral se deben realizar en forma permanente o con el mínimo de tiempo de interrupción a fin de que todas las actividades operativas relacionados al mismo, se efectúen en forma oportuna.

Lo anterior considerando, que de conformidad con lo previsto por la fracción VII del artículo 95 del Código Electoral del Estado de México, este Órgano Superior de Dirección tiene la facultad de acordar lo conducente para la integración y funcionamiento de los órganos desconcentrados, y en el caso en específico, se busca además de lo mencionado en el párrafo anterior, que con la pronta sustitución y designación del Vocal de Organización de la Junta Distrital XVI con cabecera en Atizapán de Zaragoza, Estado de México, dicho órgano desconcentrado se encuentre debidamente integrado para atender las actividades de la jornada electoral del próximo 3 de julio del año en curso así como las subsecuentes a dicha jornada.

Una vez precisado lo anterior, se advierte que ante la renuncia de la ciudadana Katia Zaldívar Silva al cargo de Vocal de Organización de la Junta Distrital XVI con cabecera en Atizapán de Zaragoza, Estado de México, la Dirección del Servicio Electoral Profesional ha sometido a la consideración de este Consejo General, como propuesta de sustitución al ciudadano Boris Iván Trujillo Bernal, quien cumplió con todas las etapas del proceso de selección de aspirantes a Vocales de las Juntas Distritales para el proceso electoral de Gobernador 2011 y que se encuentra incluido en el listado de candidatos a Vocales Distritales que en su momento se propuso al Consejo General por la Junta General conjuntamente con la Comisión del Servicio Electoral Profesional, listado que al excluir a los Vocales designados, se considera como lista de reserva, que es a la que se refiere el Punto Tercero del Acuerdo IEEM/CG/03/2011 mencionado en el Resultando 3 del presente.

Si bien es cierto que el ciudadano Boris Iván Trujillo Bernal, se ubica en el sexto lugar del listado de candidatos a Vocales Distritales del Distrito XVI con cabecera en Atizapán de Zaragoza, Estado de México, propuesto en su momento a este Órgano Superior de Dirección y que se encuentra anexo al presente Acuerdo, también lo es que, como lo informa la Dirección del Servicio Electoral Profesional en el oficio que se refiere en el Resultando 6 de este Acuerdo, la ciudadana Erika Rangel Munguía quien ocupa el quinto lugar en dicho listado, declinó la propuesta de ocupar el cargo al manifestar que es funcionaria de mesa directiva de casilla.

Por lo anterior, resulta procedente aprobar la propuesta presentada por la Dirección del Servicio Electoral Profesional, a efecto de realizar la sustitución y designación correspondiente.

 

En mérito de lo expuesto, fundado y con base además en lo dispuesto por los artículos 98, párrafo primero, del Código Electoral del Estado de México, 4, 8 fracción II, 30 inciso e) y 50 del Reglamento de Sesiones de la Junta General del Instituto Electoral del Estado de México, se expiden los siguientes Puntos de:

ACUERDO

PRIMERO.-Se sustituye al Vocal de Organización de la Junta Distrital XVI, con cabecera en Atizapán de Zaragoza, Estado de México, y se designa al Vocal sustituto en los siguientes términos:

JUNTA DISTRITAL

CARGO

VOCAL QUE SE SUSTITUYE

VOCAL SUSTITUTO

XVI

Atizapán de Zaragoza

Vocal

de

Organización

Katia

Zaldívar Silva

Boris Iván

Trujillo Bernal

SEGUNDO.-El Presidente del Consejo General y el Secretario Ejecutivo General expedirán el nombramiento al Vocal designado por este Acuerdo.

TERCERO.-Se instruye a la Secretaría Ejecutiva General para que, por conducto de la Dirección del Servicio Electoral Profesional, notifique al ciudadano Boris Iván Trujillo Bernal, la designación realizada a favor de su persona.

TRANSITORIOS

PRIMERO.-   Publíquese el presente Acuerdo y su anexo, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”, así como en la página electrónica del Instituto Electoral del Estado de México.

 SEGUNDO.- El presente Acuerdo surtirá efectos a partir de su aprobación por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.

Así lo aprobaron por unanimidad de votos, los Consejeros Electorales del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en Sesión Extraordinaria celebrada en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, el día treinta de junio de dos mil once y firmándose para constancia legal, conforme a lo dispuesto por los artículos 97, fracción IX y 102, fracción XXXI, del Código Electoral del Estado de México y 7, inciso n), del Reglamento de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.

 

"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL

M. EN D. JESÚS CASTILLO SANDOVAL 

SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL

ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL