El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del trece de octubre del año dos mil ocho, se sirvió expedir el siguiente:

Acuerdo N° CG/36/2008
Adecuación al Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México, para el año dos mil ocho.

CONSIDERANDO

   
I.

Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México,en el artículo 11, párrafo primero, señala que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros deAyuntamientos, es una función estatal que se organiza a través de un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, denominado Instituto Electoral del Estado de México, y que en el ejercicio de esta función, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y el profesionalismo, serán principios rectores.

   
II.

Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 99, fracción I, dispone que la Junta General cuenta con la atribución de proponer al Consejo General las políticas generales, los programas y los procedimientos administrativos del Instituto.

   
III.

Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 95, fracciones XXVI y XXIX, establece como atribuciones del Consejo General, aprobar el programa anual de actividades así como las políticas generales, los programas y los procedimientos administrativos del Instituto que le proponga la Junta General.

   
IV.

Que la Junta General, en sesión ordinaria celebrada el día dos de agosto del año dos mil siete, aprobó el “Proyecto del Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2008".

   
V.

Que el Consejo General, en sesión ordinaria del día catorce de agosto del año dos mil siete, mediante Acuerdo número 24/2007(veinticuatro/dos mil siete), publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”, el día dieciséis del mismo mes y año, aprobó el “Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año dos mil ocho".

   
VI.

Que el Consejo General, en sesión ordinaria celebrada el día treinta y uno de enero de dos mil ocho, por Acuerdo número 2/2008 (dos/dos mil ocho), publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”, en fecha seis de febrero de dos mil ocho, aprobó la “Modificación al Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año dos mil ocho.

   
VII.

Que la H. LVI Legislatura del Estado, mediante decreto número 163 (ciento sesenta y tres), publicado en fecha nueve de mayo de dos mil ocho en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta de Gobierno”, realizó reformas y adiciones a diversos artículos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; decreto que en su décimo cuarto Transitorio, determinó lo siguiente:

Sin menoscabo del cumplimiento de los fines que les impone la Constitución y la ley, el Instituto y el Tribunal Electoral del Estado de México, deberán adecuar sus presupuestos y sus programas de actividades para el presente año, relacionados con el próximo proceso electoral, con base en lo establecido en este decreto y en lo que, en su oportunidad se establezca en la ley secundaria".

   
VIII.

Que la Junta General, en sesión ordinaria celebrada el once de junio de dos mil ocho, mediante Acuerdo número JG/09/2008 (JG/nueve/dos mil ocho), aprobó diversos ajustes al Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año dos mil ocho, a efecto de dar cumplimiento al Transitorio referido en el Considerando anterior.

   
IX.
Que el Consejo General, en sesión extraordinaria celebrada el día dieciséis de junio de dos mil ocho, mediante Acuerdo número CG/18/2008 (CG/dieciocho/2008), publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”, el día dieciocho de junio del año en curso, aprobó la “Adecuación al Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año dos mil ocho”, que le propuso la Junta General.
   
X.
Que la H. LVI Legislatura del Estado de México, por decreto número 196 (ciento noventa y seis), publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”, con fecha diez de septiembre de dos mil ocho, reformó, adicionó y derogó diversas disposiciones del Código Electoral del Estado de México.
   
XI.
Que de las reformas referidas en los Considerandos VII y X del presente Acuerdo, se derivó, entre otros aspectos, una reestructuración del Instituto Electoral del Estado de México, ante la conformación de la Dirección General y de la Secretaría General en la Secretaría Ejecutiva General y de la Unidad de Contraloría Interna en la Contraloría General, así como la creación del Órgano Técnico de Fiscalización, según lo dispuesto por el artículo 11, párrafos segundo, quinto y octavo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; asimismo, emanó la conformación del Centro de Formación y el Centro de Información Electoral, en el Centro de Formación y Documentación Electoral del Instituto, de la Unidad de Información y Estadística en la Unidad de Informática y Estadística, y de la Unidad de Asesoría Jurídica y Consultiva en la Dirección Jurídico-Consultiva, en términos de los artículos 98 párrafo segundo y 105 del Código Electoral del Estado de México.
   
XII.
Que la Junta General, en sesión extraordinaria celebrada el día siete de octubre de dos mil ocho, por Acuerdo número JG/27/2008 (JG/veintisiete/dos mil ocho), aprobó proponer a este Órgano Superior de Dirección, la Adecuación al Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año dos mil ocho, en atención a la nueva estructuración de este Instituto.
   
XIII.
Que este Consejo General, en efecto advierte que ante la conformación de nuevos órganos en la estructura del Instituto Electoral del Estado de México, resulta necesaria la adecuación al Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año dos mil ocho, con la finalidad de que dicho Programa contenga los ajustes necesarios para su continuación, respecto de la denominación de las unidades ejecutoras en aquellos casos de las áreas de nueva conformación o creación, el redireccionamiento de algunas líneas de acción, así como la reasignación de las actividades que estaban dirigidas a aquellos órganos que dejaron de existir o de aquéllas áreas aún existentes y se encomienden a los órganos de nueva conformación según sus respectivas atribuciones, según se advierte del documento adjunto al presente Acuerdo, por lo que es de aprobarse en definitiva la adecuación propuesta por la Junta General al referido Programa Anual de Actividades de este Instituto para el año dos mil ocho.

En mérito de lo anterior se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- El Consejo General aprueba la “Adecuación al Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año dos mil ocho”, en los términos precisados en el documento que se adjunta al presente Acuerdo, el cual forma parte del mismo.

SEGUNDO.- La ejecución del Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México conforme a la adecuación aprobada, deberá sujetarse en todo momento al ajuste del presupuesto de este Instituto que realice el Consejo General.

TERCERO.- Se instruye a la Secretaría Ejecutiva General, supervise el cumplimiento del Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año dos mil ocho, conforme a la adecuación aprobada.

TRANSITORIO

ÚNICO.- Publíquese el presente Acuerdo y su anexo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno".

 

Toluca, México, a trece de octubre de dos mil ocho. 

"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"
A T E N T A M E N T E
CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL

LIC. NORBERTO HERNÁNDEZ BAUTISTA
(RÚBRICA)

 

 

SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL

ING. FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CORRAL
(RÚBRICA)


JCS/FJLC/FRE/acm.