El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día veinticinco de mayo del año dos mil siete, se sirvió aprobar el siguiente:

Acuerdo N° 18
Cumplimiento de la Junta General al Acuerdo 13 del Consejo General emitido en sesión extraordinaria de fecha treinta de marzo de dos mil siete

CONSIDERANDO

   
I.
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, establece en su artículo 11, que el Instituto Electoral del Estado de México, es el organismo público, autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, encargado de la función estatal de organizar, desarrollar y vigilar los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y Ayuntamientos; y que será autoridad en la materia, independiente en sus decisiones y funcionamiento y profesional en su desempeño; contando en su estructura con órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia.
   
II.
Que el Código Electoral del Estado de México, en el artículo 78, determina que el Instituto Electoral del Estado de México es el organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, responsable de la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales.
   
III.
Que el Código Electoral de la Entidad, en el artículo 80, señala que el patrimonio del Instituto se integra con los bienes muebles e inmuebles que se destinen al cumplimiento de su objeto y las partidas que anualmente se le señalen en el Presupuesto de Egresos del Estado.
   
IV.
Que la Normatividad y Procedimientos para la Administración de los Recursos Humanos, Financieros, Materiales y Servicios Generales del Instituto Electoral del Estado de México, en su artículo 8, fracción II, incisos b) y d), señala como atribuciones del Consejo General, las de autorizar traspasos presupuestarios y aprobar la reasignación de recursos presupuestarios autorizados no ejercidos, a programas sustantivos del Instituto.
   
V.
Que el Instituto Electoral Estatal, con corte al veintiocho de febrero del presente año, contaba con una reserva financiera de $55’884,357.74 (cincuenta y cinco millones ochocientos ochenta y cuatro mil trescientos cincuenta y siete pesos 74/100 M.N.).
   
VI.
Que el Instituto Electoral de la Entidad, con la finalidad de continuar desarrollando las actividades que le ordenan la Constitución Política y el Código Electoral locales, planteó la necesidad de utilizar recursos por la cantidad de $20’000,000.00 (veinte millones de pesos 00/100 M.N.), de su reserva financiera, para el desarrollo de programas estratégicos, atención de contingencias laborales y protección y mejoras patrimoniales.
   
VII.

Que con motivo de lo expuesto en el Considerando anterior, el Consejo General, en sesión extraordinaria de fecha treinta de marzo de este año, aprobó el Acuerdo número 13 “Utilización de Recursos de la Reserva Financiera del Instituto Electoral del Estado de México para el Desarrollo de Programas Estratégicos, Atención de Contingencias Laborales y Protección y Mejoras Patrimoniales”.

   
VIII.

Que en el resolutivo primero del Acuerdo citado en el Considerando que antecede, el Consejo General aprobó la utilización de recursos de la reserva financiera del Instituto para el desarrollo de programas estratégicos, atención de contingencias laborales y protección y mejoras patrimoniales por la cantidad de $20’000,000.00 (veinte millones de pesos 00/100 M.N.) a distribuirse de la siguiente forma:

a)
Plan de medios: $3’850,000.00 (tres millones ochocientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.);
 
b)
Capacitación: $3’707,020.00 (tres millones setecientos siete mil veinte pesos 00/100 M.N.);
 
c)
Administración: $11’371,420.00 (once millones trescientos setenta y un mil cuatrocientos veinte pesos 00/100 M.N.); y
   
d)
Organización: $1’071,560.00 (un millón setenta y un mil quinientos sesenta pesos 00/100 M.N.).
   
IX.

Que el Consejo General, en el Resolutivo Segundo del referido Acuerdo 13, instruyó a la Junta General para que, en ejercicio de sus atribuciones, determinara la forma de asignación específica de las cantidades señaladas en el Considerando anterior.

 
X.

Que la Junta General, en sesión ordinaria de fecha veintisiete de abril del año en curso, en cumplimiento a lo ordenado por el Órgano Superior de Dirección, asignó las cantidades precisadas en el Considerando VIII del presente, en forma específica a las partidas correspondientes, conforme a la distribución que detalla en el anexo adjunto al Acuerdo que al respecto emitió y que ahora remite a la consideración del Consejo General para su aprobación definitiva.

 
XI.

Que la Junta General, al momento de asignar los recursos en los términos ordenados por el Consejo General, tuvo en cuenta la solicitud realizada por la Dirección de Organización para que se realizara el reajuste de las partidas presupuestales correspondientes, con motivo de la variación en el incremento de los costos actualizados de las licencias ArcGIS Server Enterprise Standard y ArcGIS Engine, insumos que son necesarios para la realización de los trabajos inherentes a la Comisión Especial para la Demarcación Distrital Electoral, tomando en consideranción para tal efecto que la partida 5101 “Muebles y Enseres”, con importe de $198,000.00 (ciento noventa y ocho mil pesos 00/100 M.N.), que inicialmente se destinó a la Dirección de Administración, no sería ejercida, por lo que era posible transferirse a la Dirección de Organización.

   
XII.
Que el Consejo General advierte que la forma de asignación específica que realizó la Junta General en los términos del Anexo que remite, resulta adecuada para atender las necesidades de el Desarrollo de Programas Estratégicos, Atención de Contingencias Laborales y Protección y Mejoras Patrimoniales, que fueron los motivos que el Órgano Superior de Dirección tomó en cuenta para la utilización de recursos de la reserva financiera del Instituto.
 
XIII.
Que el Consejo General estima que la transferencia de la cantidad de $198,000.00 (ciento noventa y ocho mil pesos 00/100 M.N.) de la partida 5101 “Muebles y Enseres” que inicialmente se destinaba a la Dirección de Administración, no ejercida, a la partida 3302 “Servicios Informáticos” para la Dirección de Organización, se encuentra debidamente justificada toda vez que resulta necesario contar con los recursos suficientes para la adquisición de los insumos referidos en el Considerando XI del presente Acuerdo, a efecto de que la Comisión Especial para la Demarcación Distrital Electoral pueda desarrollar los trabajos que tiene encomendados.

En mérito de lo anterior, se emite el siguiente:

ACUERDO 

PRIMERO.- El Consejo General aprueba en forma definitiva la asignación que en forma específica realizó la Junta General de la cantidad de $20’000,000.00 (veinte millones de pesos 00/100 M.N.) de la reserva financiera del Instituto, conforme a la distribución que se detalla en el Anexo remitido, que forma parte del presente Acuerdo, teniendo por debidamente cumplimentado el Acuerdo 13 del Órgano Superior de Dirección, emitidos en fecha treinta de marzo del año en curso.

SEGUNDO.- El Consejo General aprueba la transferencia de la cantidad de $198,000.00 (ciento noventa y ocho mil pesos 00/100 M.N.) de la partida 5101 “Muebles y Enseres” que inicialmente se destinaba a la Dirección de Administración, a la partida 3302 “Servicios Informáticos” para la Dirección de Organización, conforme a los motivos y para los efectos señalados en los Considerandos XI y XIII del presente Acuerdo.

TRANSITORIO 

ÚNICO.-Publíquese el presente Acuerdo y el Anexo remitido por la Junta General, en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.

Toluca, México, a veinticinco de mayo de dos mil siete

"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E

  CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE NUÑEZ CASTAÑEDA
(RUBRICA)

SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
ARCADIO A. SANCHEZ HENKEL GOMEZTAGLE
(RUBRICA)
JNC/AASHG/FRE/acm.