El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día once de agosto del año dos mil seis, se sirvió expedir el siguiente:

Acuerdo Nº 320
Proyecto de Presupuesto de Egresos del Instituto Electoral del Estado de México, para el Ejercicio Fiscal del año 2007.

CONSIDERANDO

   
I.

Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México determina, en su artículo 11, que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México, en cuya integración participarán el Poder Legislativo, los partidos políticos y los ciudadanos, en los términos dispuestos por esta Constitución y la ley de la materia.

   
II.
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 80 establece, que el patrimonio del Instituto se integra con los bienes muebles e inmuebles que se destinen al cumplimiento de su objeto y las partidas que anualmente se le señalen en el Presupuesto de Egresos del Estado de México.
   
III.
Que el Director General del Instituto, en ejercicio de la atribución que le confiere el Código Electoral del Estado de México en su artículo 102 fracción XVIII, elaboró el Anteproyecto del Presupuesto del Instituto para el año 2007, sustentado en el Programa de Actividades del año 2007 y tomando en consideración los requerimientos del gasto ordinario de la Institución.
   
IV.

Que la Junta General en su sesión ordinaria del día nueve de agosto del presente año, conoció y aprobó el Anteproyecto de Presupuesto del Instituto para el año 2007, acordándose remitirlo a la Presidencia del Consejo General para que, de estimarlo procedente, se turne al Órgano Superior de Dirección para su análisis, discusión y aprobación, en su caso.

   
V.
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracción XXX, otorga al Consejo General la atribución de aprobar el Proyecto de Presupuesto para el Instituto Electoral del Estado de México, a propuesta del Consejero Presidente.
   
VI.
Que una vez aprobado por el Consejo General el Anteproyecto del Presupuesto para el Instituto Electoral del Estado de México, el Código Electoral del Estado de México en su artículo 96 fracción V, otorga la atribución al Consejero Presidente de someterlo oportunamente a la consideración del Titular del Poder Ejecutivo del Estado de México.
   
VII.
Que el Consejo General estima que el Anteproyecto de Presupuesto presentado por la Presidencia del Consejo General, contempla los recursos que serán indispensables para el desarrollo de las actividades ordinarias del Instituto programadas para el año 2007; y da estricto cumplimento a lo ordenado por el Código Electoral del Estado de México en sus artículos 57, 58 y 63, previendo dentro del anteproyecto de presupuesto las partidas relativas al acceso a los medios de comunicación social propiedad del Estado y de financiamiento público ordinario; permitiendo de esta manera que el Instituto Electoral de la Entidad cumpla con los fines señalados en los artículos 78 y 81 del Código Electoral invocado.

En mérito de lo anterior se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- Se aprueba el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del Instituto Electoral del Estado de México para el Ejercicio del año 2007, documento que forma parte integrante del presente Acuerdo por la cantidad de $452,447,093.47 (cuatrocientos cincuenta y dos millones cuatrocientos cuarenta y siete mil noventa y tres pesos 47/100 M.N.); de los cuales se asignan $197,339,383.92 (ciento noventa y siete millones, trescientos treinta y nueve mil trescientos ochenta y tres pesos 92/100 M.N.), por concepto de financiamiento público a los partidos políticos debidamente acreditados, para el desarrollo de sus actividades ordinarias; de igual forma se asignan $2,060,763.60, (Dos millones sesenta mil setecientos sesenta y tres pesos 60/100 M.N.), como prerrogativas para el acceso de los partidos políticos a los medios de comunicación social, en términos de ley.

SEGUNDO.- El Consejero Presidente del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, remitirá a más tardar el último día hábil anterior al quince de agosto del presente año, el Proyecto de Presupuesto de Egresos aprobado por el Órgano Superior de Dirección del Instituto, al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, para que se incorpore al presupuesto consolidado para el año 2007 que se envíe a la Legislatura Local, como lo establece el artículo 299 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

TERCERO.- Solicítese al Ejecutivo del Estado, que el Presupuesto de Egresos del Instituto que se apruebe por la LVI Legislatura del Estado, sea liberado a partir del día primero del mes de enero del año 2007, a efecto de cumplir oportunamente con las acciones que señale el Programa de Actividades correspondiente a ese año.

CUARTO.- Para sustentar el Proyecto de Presupuesto de Egresos que se enviará al Poder Ejecutivo, agréguese el Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2007.

TRANSITORIO

ÚNICO.- Publíquese el presente Acuerdo, con el Concentrado del Proyecto de Presupuesto de Egresos 2007 en el periódico oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México.

Toluca, México, a once de agosto de dos mil seis.

"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E

CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE NUÑEZ CASTAÑEDA
(RUBRICA)

SECRETARIO SUSTITUTO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. ARMANDO LOPEZ SALINAS
(RUBRICA)