El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día 31 de enero del año 2005, se sirvió expedir el siguiente:

Acuerdo N° 10
Manual de Operación del Comité Único de Adquisiciones, Arrendamientos
y Contratación de Servicios del Instituto Electoral del Estado de México.

CONSIDERANDO

 
I.
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México en su artículo 11, dispone que la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, denominado Instituto Electoral del Estado de México; asimismo dispone que el Instituto será autoridad en la materia, independientemente de sus decisiones y funcionamiento profesional en su esempeño; además que contará en su estructura con órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia.
 
II.

Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracción XXXIV, dispone que el Consejo General tiene entre sus atribuciones, la de aprobar las políticas generales, los programas y los procedimientos administrativos del Instituto que le proponga la Junta General.

 
III.

Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 99 fracción I, dispone que la Junta General tiene entre sus atribuciones, la de proponer al Consejo General las políticas generales, los programas y los procedimientos administrativos del Instituto.

 
IV.

Que el Consejo General en su sesión ordinaria de fecha 26 de agosto del año 2002, aprobó el Acuerdo No. 26, publicado en la Gaceta del Gobierno de fecha 29 de agosto del mismo año, referente a la Normatividad y Procedimientos para la Administración de los Recursos Humanos, Financieros, Materiales y Servicios Generales del Instituto Electoral del Estado de México, que faculta a la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras del Instituto para aprobar el Manual de Operación del Comité Único de Adquisiciones previo al Consejo, tal como lo indica en su Artículo 10, fracción III, inciso b).

 
V.

Que la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras en su Sesión Ordinaria de fecha 30 de junio del año 2004, aprobó su Acuerdo No. 1, el cual indica en su Transitorio Segundo solicitar al Consejo General instruya al Comité Único de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios del Instituto Electoral del Estado de México, proceda a elaborar su Manual de Operación, mismo que someterá a consideración del Consejo General para su aprobación definitiva.

 
VI.

Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 29 de julio de 2004, aprobó mediante su acuerdo No. 32, publicado en la Gaceta del Gobierno el día 30 de julio del mismo año, las Reformas y Adiciones a la Normatividad y Procedimientos para la Administración de los Recursos Humanos, Financieros, Materiales y Servicios Generales del Instituto Electoral del Estado de México, en el cual se reforma el Artículo 2, fracción IV, cambiando la denominación de “Comité Único de Adquisiciones, Arrendamientos, Mantenimientos, Servicios y Almacenes del Instituto Electoral del Estado de México” por “Comité Único de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Instituto Electoral del Estado de México”.

 
VII.
Que con el acuerdo citado en el considerando anterior, también se actualizó la integración y denominación del Comité Único de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios, quedando conformado de la siguiente manera:
 
a)
El Titular de la Dirección de Administración, quien fungirá como Presidente y participará con voz y voto;
 
b)
Un Secretario Ejecutivo, el cual será designado por el Presidente y participará con voz;
 
c)
El Titular de la Dirección General con funciones de Vocal, quien participará con voz y voto;
 
d)
El Titular de la Unidad de Asesoría Jurídica y Consultiva quien fungirá como Vocal y participará sólo con voz;
 
e)
El Titular de la Unidad Administrativa Interesada, quien fungirá como Vocal y participará con voz y voto;
 
f)

El Titular de la Contraloría Interna quien fungirá como Vocal y participará sólo con voz.

 
Asimismo, le confirió la responsabilidad de elaborar su Manual de Operaciones para someterlo en su oportunidad a la consideración del Consejo General para su aprobación definitiva.
 
VIII.

Que el Comité elaboró y aprobó su Manual de Operación, en Sesión Ordinaria de fecha veintiocho de septiembre del 2004, de conformidad con lo señalado por el artículo 12 fracción I inciso b) de la Normatividad y Procedimientos para la Administración de los Recursos Humanos, Financieros, Materiales y Servicios Generales del Instituto, acordando someterlo a la consideración de la Junta General.

 
IX.

Que la Junta General, en sesión celebrada en fecha 21 de diciembre del 2004, aprobó el Manual de Operación del Comité Único de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Instituto, acordando remitirlo a la consideración de la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras del Instituto.

 
X.

Que la Secretaria General, mediante oficio No. IEEM/SG/062/2005, de fecha 13 de enero de 2005, con fundamento en el artículo 11, fracción III, inciso a), de la Normatividad y Procedimientos para la Administración de los Recursos Humanos, Financieros, Materiales y Servicios Generales, remitió a la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras, el Manual de Operaciones del Comité Único de Adquisiciones del Instituto Electoral del Estado de México.

 
XI.

Que la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras en su sesión celebrada en fecha 28 de enero del año en curso, aprobó mediante acuerdo No. 1, el Manual de Operación del Comité Único de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Instituto, acordando someterlo a la consideración del Consejo General para su aprobación definitiva.

 
En mérito de lo anterior se expide el siguiente:

ACUERDO

UNICO.- El Consejo General aprueba en sus términos el acuerdo N° 1 de la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras del Instituto, relativo al Manual de Operación del Comité Unico de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Instituto Electoral del Estado de México, convirtiéndolo en definitivo, formando parte integrante del presente acuerdo.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo en el periódico oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México.

SEGUNDO.- Notifíquese a los integrantes del Comité Único de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Instituto el presente acuerdo para su cumplimiento.

Toluca de Lerdo, México, a 31 de enero del 2005.

“TU HACES LA MEJOR ELECCION
A T E N T A M E N T E

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE JUAN GOMEZ URBINA
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. EMMANUEL VILLICAÑA ESTRADA
(RUBRICA)