El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 28 de diciembre del año 2002, se sirvió aprobar lo siguiente:

Acuerdo Nº 54
Sustitución de integrantes de Juntas y Consejos Distritales Electorales y Juntas y Consejos Municipales Electorales

CONSIDERANDO

 
I.
Que el Consejo General, mediante su acuerdo N° 33 aprobado en su sesión del día 30 de septiembre del 2002, publicado en la Gaceta del Gobierno el mismo día, designó a los ciudadanos para integrar las Juntas Distritales Ejecutivas y los Consejos Distritales Electorales y mediante sus acuerdos números 40 y 46 de fechas 29 de octubre y 28 de noviembre del presente año, la sustitución de aquellos vocales y consejeros distritales electorales que renunciaron al cargo.
 
II.
Que el Consejo General, en su sesión del día 29 de octubre del año en curso, aprobó mediante su acuerdo N° 41, publicado en la Gaceta del Gobierno en fecha 30 de octubre del mismo año, la designación de los ciudadanos para integrar las Juntas Municipales Ejecutivas y los Consejos Municipales Electorales y mediante su acuerdo número 46 del día 28 de noviembre del mismo año, la sustitución de aquellos vocales y consejeros municipales electorales que renunciaron al cargo.
 
III.
Que a partir de la sesión del Consejo General del día 28 de noviembre del presente año, se han recibido en la Presidencia del Consejo General diversos escritos presentados por Vocales y Consejeros Distritales y Municipales Electorales que fueron designados por el Organo Superior de Dirección, presentando sus renuncias a los cargos conferidos por el Consejo General.
 
IV.

Que asimismo, se han presentado algunas otras razones por las que se hace necesario sustituir a algunos vocales que fueron designados por el Consejo General con base en los acuerdos de referencia.

 
V.
Que los acuerdos números 33 y 41 del Consejo General, establecen en su punto cuarto que el Organo Superior de Dirección, en cualquier momento podrá sustituir, a petición fundada y motivada, a los Vocales y Consejeros Distritales y Municipales Electorales; procediendo en consecuencia, a realizar en el presente caso las sustituciones correspondientes.
 
VI.
Que la Comisión Especial del Servicio Electoral Profesional en sesión celebrada el día 20 de diciembre del año en curso, conoció de las renuncias de Vocales Distritales y Municipales, designados mediante acuerdos números 33 y 41 del Consejo General, razón por la cual aprobó las sustituciones correspondientes, acordando remitir la propuesta al Consejo General para su aprobación definitiva.
 
VII.
Que la Comisión de Organización y Capacitación en sesiones celebradas en fechas 13 y 27 de diciembre del año en curso, conoció de las renuncias de Consejeros Distritales y Municipales Electorales, designados mediante los citados acuerdos números 33 y 41 del Consejo General, razón por la cual aprobó las sustituciones correspondientes, acordando remitir las propuestas al Consejo General para su aprobación definitiva.
 
VIII.
Que la Junta General, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 99 fracciones IV y VI, revisó los expedientes, tanto de los ciudadanos que cursaron el Programa del Servicio Electoral Profesional y de los ciudadanos que fueron enlistados en la primera propuesta realizada al Consejo General, presentando a la consideración del Órgano Superior de Dirección, vía la Comisión del Servicio Electoral Profesional y de la Comisión de Organización y Capacitación, la propuesta de los ciudadanos para ocupar el cargo de Vocales y Consejeros Distritales Electorales y Vocales y Consejeros Municipales Electorales, a fin de sustituir a los que originalmente fueron designados.
 
IX.
Que el Consejo General, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracciones IX segundo párrafo y X segundo párrafo, es el órgano facultado para designar a los vocales de acuerdo al Programa del Servicio Electoral Profesional, así como a los Consejeros Distritales y Municipales Electorales que le proponga la Junta General del Instituto.
 
X.
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracción XI, otorga al Consejo General la atribución de vigilar la oportuna integración, instalación y adecuado funcionamiento de los órganos del Instituto y conocer de los informes específicos y actividades que estime necesario solicitarles.
   
En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, sustituye como Vocales de las Juntas Distritales y Municipales Ejecutivas, a las personas que fueron designadas en su oportunidad y se nombran en su lugar a los siguientes ciudadanos:

JUNTAS DISTRITALES EJECUTIVAS

Junta Distrital No.
Cabecera
Vocal
I
Toluca
Vocal Ejecutivo Enrique Figuero Orozco
    Vocal de Organización  
    Vocal de Capacitación  

JUNTAS MUNICIPALES EJECUTIVAS

Junta Municipal
Vocales
Jiquipilco
Vocal Ejecutivo Ma. Concepción Mendoza Bermúdez
Vocal de Organización Lázaro Carlos Mercado Ordoñez
Vocal de Capacitación  
Temoaya
Vocal Ejecutivo Bardomiano Gómez Martínez
Vocal de Organización  
Vocal de Capacitación  
Tenango del Aíre
Vocal Ejecutivo  
Vocal de Organización  
Vocal de Capacitación Roxana Fabiola Martínez Hernández
Timilpan
Vocal Ejecutivo  
Vocal de Organización  
Vocal de Capacitación José Antonio Montiel López
Villa de Allende
Vocal Ejecutivo Alfredo López Martínez
Vocal de Organización Adriana Casillas Guerrero
Vocal de Capacitación  

SEGUNDO.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, sustituye como Consejeros Distritales y Municipales Electorales a los ciudadanos que fueron designados en su oportunidad y se nombran en su lugar a las siguientes personas:

CONSEJOS DISTRITALES ELECTORALES

Consejo Distrital No.
Cabecera
Propietario
Suplente
XVI
Atizapán de Zaragoza
  Barajas Cenobio Soyel Rafael
   
   
   
   
   
XXIV
Nezahualcoyotl (Parte)
  López Ríos Hugo Enrique
   
   
   
   
   
XLII
Ecatepec (Parte)
   
  Argüelles Rivera Zósimo
   
   
Oaxaca del Angel Rita Amelia Méndez Marines María Noemí
   

CONSEJOS MUNICIPALES ELECTORALES

Consejo Municipal
Propietario
Suplente
5 Almoloya de Juarez
  Coyote Galván Ana
   
   
   
   
   
6 Almoloya del Río
   
   
   
  Galán Flores María de Jesús
   
   
7 Amanalco
   
   
   
   
  García López Víctor Manuel
   
13 Atizapán de Zaragoza
   
  Cortez Guzmán Silvestre
   
   
   
   
39 Isidro Fabela
   
   
Trejo Fonseca Araceli Martina Gutiérrez Gutiérrez María Isabel
   
   
   
44 Jalatlaco
   
  Alaniz Lorenzana Georgina
   
   
Morales Cervantes Citlali Serrano Peralta Irma
   
46 Jilotepec
  Aguilar Olmos José Alfredo
   
   
   
Martínez Arce Mauro García Ordóñez Gerardo
   
49 Jocotitlan
Ortega Cruz Eloisa García Miranda José Luis
   
   
   
   
   
52 Lerma
   
   
   
   
   
Cervantes Sánchez Antonio Maya Castillo Ernestina
61 Nicolás Romero
Roa Sánchez Josefina Ortega Paredes Celsa
   
   
   
   
   
81Sultepec
   
  Avilés Vergara Ma. Nicolaza
   
   
   
   
83 Tejupilco
   
   
   
   
   
Monroy Núñez Alfredo Benítez Benítez Constantino
85 Temascalapa
   
  González Ramos Ruth Massiel
   
   
   
   
92 Teoloyucan
   
  Mondragón Hernández Marco Antonio
   
   
   
  Chávez Gallegos Ever
98 Texcaltitlan
   
   
   
   
  Castañeda Castañeda Gloria Ofelia
   
114 Villa Guerrero
  Acasio Guadarrama Eduardo
   
   
   
   
   
116 Xonacatlán
   
   
  Portillo Romero Sonia
   
   
   
122 Valle de Chalco Solidaridad
  Lagos Hernández Beyabeth
   
   
  Pacheco Martínez Carmen
  Bautista Hernández Octaviano
   
124 San José del Ricón
Mateo Salgado Juan Carlos Sánchez Salazar Isidro
   
   
  Pablo Sánchez Rosa
   
   

TERCERO.- La Presidenta del Consejo General, el Director General y el Secretario General expedirán los nombramientos a los Vocales Distritales y Municipales; y, a los Consejeros Distritales y Municipales Electorales que se designan en los puntos primero y segundo de este acuerdo.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.

SEGUNDO.- Notifíquese a las Juntas Distritales y Municipales Ejecutivas y a los Consejos Distritales y Municipales Electorales, las sustituciones acordadas para todos los efectos legales correspondientes.

Toluca de Lerdo, México, a 28 de noviembre del 2002.

TU HACES LA MEJOR ELECCION”
A T E N T A M E N T E

LA CONSEJERA PRESIDENTA DEL CONSEJO GENERAL
LIC. MARIA LUISA FARRERA PANIAGUA
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)