El Consejo General
del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión
ordinaria del día 27 de mayo del 2002, se sirvió aprobar
el siguiente:
Acuerdo N°
13
Designación del Director del Servicio Electoral Profesional
del Instituto Electoral del Estado de México
CONSIDERANDO |
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I. |
Que la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de México,
en su artículo 11, señala que el Instituto Electoral
del Estado de México, es el organismo público,
autónomo, dotado de personalidad jurídica y
patrimonio propios, encargado de la función estatal
de organizar, desarrollar y vigilar los Procesos Electorales
para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura
del Estado y Ayuntamientos; el Instituto será autoridad
en la materia, independiente en sus decisiones y funcionamiento
y profesional en su desempeño; contará en su
estructura con órganos de dirección, ejecutivos,
técnicos y de vigilancia. |
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II. |
Que el Código Electoral
del Estado de México, en su artículo 98 establece
que la Junta General, como uno de los Organos Centrales del
Instituto Electoral del Estado de México, estará
integrada por el Consejero Presidente, quien la presidirá
y contará con la participación del Secretario
General en calidad de Secretario de Acuerdos; de la Dirección
General en calidad de Dirección Ejecutiva; y, las Direcciones
de Organización, de Capacitación, de Partidos
Políticos, de Administración y del Servicio
Electoral Profesional. |
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III. |
Que el artículo 104
del ordenamiento legal previamente citado, ordena que al frente
de cada una de las Direcciones, habrá un Director que
será nombrado por el Consejo General, debiendo satisfacer
los siguientes requisitos: |
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a) |
Ser mexicano por nacimiento; |
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b) |
Estar en ejercicio de sus derechos políticos
y civiles; |
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c) |
Tener al menos 25 años cumplidos; |
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d) |
Tener título profesional
o equivalente, en áreas o disciplinas vinculadas
con la función que habrá de desempeñar;
y,
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e) |
Contar con experiencia en el área correspondiente. |
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IV. |
Que el artículo tercero transitorio
del Decreto N° 125 de la LIII Legislatura del Estado,
publicado el 9 de octubre de 1999, ordenó que se implementara
la Dirección del Servicio Electoral Profesional, una
vez que concluyeran los Procesos Electorales del año
2000, por lo que es indispensable realizar la designación
de la persona que tendrá a su cargo esta Dirección. |
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V. |
Que la Consejera Presidenta en uso de
la atribución que le confiere el Código Electoral
del Estado de México, en su artículo 95 fracción
V y tomando en consideración los requisitos legales
que debe reunir la persona que sea designada como Director
de Area del Instituto, presentó diversas propuestas
de ciudadanos para que de entre ellos, se designe al Director
del Servicio Electoral Profesional del Instituto Electoral
del Estado de México. |
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VI. |
Que el Código Electoral del Estado
de México en su artículo 95 fracción
V, le otorga al Consejo General la atribución de designar
a los Directores de la Junta General, de entre las propuestas
que al efecto le presente el Consejero Presidente. |
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VII. |
Que el Consejo General al entrar al análisis
de las propuestas que presenta la Consejera Presidenta, estima
que reúne elementos, tanto profesionales como de experiencia,
la que se refiere al C. Víctor Manuel Ortega García,
pronunciándose por su designación. |
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En mérito de lo anterior, se expide el siguiente: |
ACUERDO
PRIMERO.- El Consejo
General designa al C. Víctor Manuel Ortega García,
como Director del Servicio Electoral Profesional del Instituto Electoral
del Estado de México.
SEGUNDO.- Expídase
el nombramiento al Servidor Electoral designado, el cual surtirá
efectos a partir de esta fecha.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo
en la “Gaceta del Gobierno” del Estado de México.
SEGUNDO.- Notifíquese
al C. Víctor Manuel Ortega García, su nombramiento
como Director del Servicio Electoral Profesional, para el efecto
de que rinda la protesta de ley.
Toluca de Lerdo, México, a
27 de mayo del 2002
“TU HACES LA MEJOR
ELECCION”
A T E N T A M E N T E
LA CONSEJERA PRESIDENTA
DEL CONSEJO GENERAL
LIC. MARIA LUISA FARRERA
PANIAGUA
(RUBRICA)
EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)
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