El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión extraordinaria del día 19 de mayo del año 2000, se sirvió aprobar lo siguiente:

Acuerdo N° 54
Acreditación de Observadores Electorales

CONSIDERANDO

 
I.
Que el Código Electoral del Estado, en su artículo 9 primer párrafo, establece que es derecho exclusivo de los ciudadanos mexicanos participar individualmente, a través de la agrupación a la que pertenezcan, como observadores de las actividades de los actos de preparación y desarrollo del Proceso Electoral, así como de los que corresponden a la Jornada Electoral, en la forma y términos que determine el Consejo General del Instituto para cada Proceso Electoral.
 
II.
Que el mismo ordenamiento legal establece las bases y requisitos que deberán cumplirse para desarrollar la Observación Electoral en los Procesos Electorales Locales, así como las abstenciones, derechos y obligaciones de los ciudadanos que se acrediten como Observadores Electorales.
 
III.
Que el Consejo General, en su sesión del día 21 de febrero del año 2000, aprobó mediante su acuerdo N° 16 publicado en la Gaceta del Gobierno el día 22 de febrero del mismo año, los Lineamientos para la Observación Electoral para los Procesos Electorales del año 2000, por los que se elegirán a los Diputados a la LIV Legislatura del Estado de México y a los integrantes de los Ayuntamientos de la entidad.
 
IV.
Que a la fecha han presentado solicitud de acreditación 175 ciudadanos mexicanos, quienes han cumplido con los requisitos y procedimiento que disponen el Código Electoral del Estado de México y los Lineamientos para la Observancia Electoral para los Procesos Electorales del año 2000 y, en tal virtud, es procedente que se les otorgue la acreditación como Observadores Electorales.
 
V.
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, conforme a lo establecido en el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracción XXXIX, tiene la atribución de recibir y, en su caso, aprobar las solicitudes de acreditación de los ciudadanos y de las agrupaciones que pretenden participar como Observadores Electorales.
   
En razón de lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- Se aprueban las solicitudes presentadas y se acreditan como Observadores Electorales a los ciudadanos:

Distrito y Municipios que comprende, en donde no podrá observar

Nombre

I
II

TOLUCA

0105 María del Carmen Sánchez García
0106 Lino de Jesús Teja García

III

TEMOAYA

0107 Esther Pliego Esquila
0108 Cornelio Manuel Francisco
0109 Aurelio Melitón Martínez
0110 Javier Aguilar Dávila

V

TENANGO DEL VALLE

0111 Sarahí Montiel Reyes

VI

TIANGUISTENCO

0112 Erick Gregorio Hernández Hernández
0113 Gudberto Aurelio Carrillo Gracida
0114 Cirilo Vargas Fernández
0115 Jaquelin Fernández Díaz
0116 Octavio Hernández Hernández
0117 Jovita Díaz Mejía
0118 Martha Alicia Pérez Hernández
0119 Moisés Fernández Pacheco
0120 Victoriano Coroy Díaz
0121 Patricia Valdéz Mejía
0122 Amalia Ávila Juárez
0123 Marcelina Reza Zavala
0124 Alfredo Ramírez Cruz
0125 Yeny Garibay Vega
0126 Evangelina Galindo Mendoza
0127 Daniel Peña Olivares
0128 Aarón González González
0129 Juana Manzanarez Díaz
0130 Gregorio Silva de la O.
0131 Maribel Ordoñez Florentino
0132 Refugio Díaz Silva
0133 Rosalio Rviera Mendoza
0134 Luis Blancas Reynoso
0135 Eugenia Vilchis Galindo
0136 María de la Asunción Vilchis Galindo
0137 Raymundo Mares Martínez
0138 Mayra Lizbeth Pérez Meza

VIII

SULTEPEC

0139 Manuel Izquierdo González
0140 Hadig Romero Sánchez
0141 Alfredo Cruz Domínguez
0142 Martín Álvarez Arteaga
0143 Araceli Lizbet Cristina Reyes Salazar
0144 Norma Esmeralda Casino Mejía
0145 Cora Lizbeth Cruz Rojas
0146 Rigoberto Guadalupe Estrada García

X

VALLE DE BRAVO

0147 Yeneli Citlali Salgado Vargas
0148 Huber Manuel Estebez Benítez
0149 José Artemio Salgado Cruz
0150 Martina Benítez Mercado

XII

EL ORO

0151 Víctor Segundo Flores
0152 Paulina Navarrete Flores

XIII

ATLACOMULCO

0153 Aurelia Minerva Sánchez Mercado
0154 Gaspar Marín Ramírez
0155 Carlos Garduño Cárdenas
0156 Gerardo Mercado Becerril

XV

IXTLAHUACA

0157 Luis Segundo Sánchez

XXI
XXII
XXXIII
XLII

ECATEPEC

0158 Clemencia Tecpoyotl García

XXIII

TEXCOCO

0159 Juan Carlos Cerón Hernández
0160 Alvaro González García

XXIV
XXV
XXVI
XXXII
XLI

NEZAHUALCOYOTL

0161 Alfredo Huerta Méndez
0162 Daniel Ramírez Barrón
0163 Graciela Cruz de Jesús
0164 Celina Bautista Mendoza
0165 Alicia Bautista Mendoza
0166 Adán Barrios Quiroz
0167 Socorro Torres Sánchez
0168 Brenda Noemí Jaimez Torres
0169 Alma Julieta Montiel Juárez
0170 Eericka Barrios Quiroz
0171 Jorge Antonio Jiménez Rojo
0172 Mayra Portilla Lima
0173 María Consuelo Quiroz Mendoza
0174 Carmen López Jiménez
0175 José de Jesús Alcalá Rubio
0176 Ismael Múñoz Montoya
0177 Abel Múñoz Montoya
0178 Juan García Vargas
0179 Adriana Bravo Aguirre
0180 Edgar Martínez Cruz
0181 Juan Mario López Villalobos
0182 Luis Antonio Alejandro Juárez
0183 Araceli Baca Ramírez
0184 Fernando Mendieta Venegas
0185 María Magdalena Alvarado Hernández
0186 Constantino Ornelas García
0187 Juana Luisa Ornelas García
0188 Juan José García Hernández

XXVII

CHALCO

0189 Susana Elizabeth Vázquez Magadan
0190 Dennis Calvo Durán
0191 Aide Islas García
0192 Beatríz Rosales Cirnes

XXVIII

 

AMECAMECA

0193 Vicente Gloria Martínez Silva
0194 Federico Buendia Díaz
0195 Eric Faustino Márquez Flores
0196 Olimpia Paula Neria Paez
0197 Obdulia Flores López
0198 Gustavo Hernández Jiménez
0199 José Luis Hernández Bautista
0200 Ana Laura Soriano Mendoza
0201 Anastacia Pantaleón Valencia
0202 Adrián Campos Vázquez
0203 Berinet Lozada Pérez

XXIX
XXX

NAUCALPAN

0204 Rosa Hernández Segura
0205 Carlos Valentín Márquez Morgado

XXXI

LA PAZ

0206 Fernando Espinosa Castellanos
0207 Fermín Susano Hernández
0208 Elsa Canto Santamaria
0209 María del Jazmín Fuentes Juárez
0210 Pedro Javier Garduño Sánchez
0211 Eva Vargas Juárez
0212 David Villasana Méndez
0213 Luis Pérez Mojica
0214 Guadalupe Torres Corona
0215 Mirna Calderón Durán
0216 Irma Durán Venegas
0217 Olivia López Jiménez
0218 Elsa Tirado Aguilar
0219 Dalia Cuatepotzo Juárez
0220 Salvador Hipólito Cruz Canto
0221 María de los Ángeles García Pérez
0222 Elizabeth García Pérez
0223 Elvia González González
0224 Andrés González González
0225 Luisinho González González
0226 José de Jesús González López
0227 Senen Solano Herrera
0228 Ivonne López Durán
0229 Clara Marcos González
0230 Ángel Antonio Álvarez Chiñas
0231 Nicolás Pérez Aguilar
0232 Paulina María de los Ángeles González Rocío
0233 Leticia Cruz Coutiño
0234 José Ángel Salinas Hernández
0235 María del Carmen Cortés Coutiño
0236 David González Sánchez
0237 José Raúl Miranda Ángeles
0238 María de Jesús Mozqueda Martínez
0239 Luis Alberto Macias Martínez
0240 Martha Huerta García
0241 Patricia Yolanda Pérez Guerrero
0242 David Moralez Gutiérrez

XXXV

METEPEC

0243 Apolinar Flores Ayala
0244 Arturo Pérez Flores
0245 Reyes Flores García
0246 Fernando Hernández Rivera
0247 Alberto González Reyes
0248 Laura Guadalupe Hernández Contreras
0249 Geisy Linnette González Herrera
0250 Ivett Bobadilla Hernández

XXXVI

VILLA DEL CARBON

0251 Leonardo Israel Miranda Jeronimo
0252 Erika Velázquez Martínez

XL

IXTAPALUCA

0253 Eva Blas Méndez
0254 José Ricardo Fuentes Anguiano
0255 Rebeca Arroyo Serrano
0256 Nancy Barrios Rosas
0257 Lourdes Reyes Luna
0258 María del Carmen Pérez Cuellar
0259 Rosario Mercado Zavala
0260 Israel Romero Gómez
0261 Oscar Múñoz Meza
0262 Fabiola Alejandra López Cruz
0263 Ulises Martínez Martínez
0264 Raúl González Ávila
0265 Mayra María del Carmen Arellano Pérez
0266 Roberto Alonso Ayuso Sánchez
0267 Arturo Miguel Rodríguez
0268 Juan Jiménez Gutiérrez
0269 Nancy Viridiana Baccio García
0270 Jacqueline Janet Valdéz Taber

XLIV

NICOLAS ROMERO

0271 Hermengildo Cruz Rueda

Ciudadanos mexicanos que no tienen limitación por no tener su residencia legal en el Estado de México.

0272 María Patricia Pérez Juárez
0273 Verónica Sánchez Chavarria
0274 Esther Torres Sánchez
0275 Rocío Valverde Rojas
0276 Rubí Mónica Ramírez Radilla
0277 Laura Verónica Pérez Palacios
0278 Alfonso Alaniz Correa
0279 Juan Pablo Cervantes Islas

SEGUNDO.- Los ciudadanos acreditados como Observadores Electorales podrán ejercer, a partir de la fecha, las actividades de observación que se señalan en el Código Electoral del Estado de México y en los Lineamientos para la Observación Electoral para los Procesos Electorales del año 2000.

TERCERO.- Expídanse las acreditaciones correspondientes en los formatos aprobados por el Consejo General, los cuales deberán ser suscritos por el Consejero Presidente y Secretario del Consejo General.

TRANSITORIOS

PRIMERO: Publíquese el presente acuerdo en la "Gaceta del Gobierno" del Estado de México.

SEGUNDO: Notifíquese a los ciudadanos acreditados a través de las Juntas Distritales y Municipales correspondientes.

Toluca de Lerdo, Méx., a 19 de mayo del 2000

"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE MARIA SAINZ GOMEZ SALCEDO
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)