El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 17 de marzo de 1999, se sirvió expedir lo siguiente:

Acuerdo N° 22
Proyecto de Auditoría y Verificación del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores

CONSIDERANDOS

   
I.
Que el Código Electoral del Estado en su artículo 95 fracción XXVII le otorga la facultad al Consejo General para reglamentar, en su caso, la organización y funcionamiento del Registro Estatal de Electores y nombrar, a propuesta del Director General, al funcionario responsable y en lo relativo al padrón, lista nominal y credencial para votar, y establecer un Comité Técnico de Vigilancia.
   
II.
Que el Código Electoral del Estado en el artículo 95 fracción XXXV le otorga al Consejo General la atribución de aprobar los mecanismos y programas, para la verificación de gabinete y campo del padrón y lista nominal de electores, en coordinación con la autoridad en la materia antes de cada Proceso Electoral.
   
III.
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado, como una de las acciones preparatorias del Proceso Electoral de 1999, por el que se elegirá al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, en su sesión del día 7 de enero del presente año, aprobó el acuerdo N° 1, relativo a la Actualización y Depuración del Padrón Electoral, estableciendo en el punto número cuarto, la creación de la Comisión de Vigilancia para la Actualización, Depuración y Verificación del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores.
   
IV.
Que el Consejo General en su sesión del día 29 de enero de 1999, aprobó el acuerdo N° 7, mediante el cual se crea la Comisión de Vigilancia para la Actualización, Depuración y Verificación del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, otorgándole como atribuciones específicas:
   
 
a)
La observación, seguimiento y vigilancia de todo lo relacionado con el acuerdo N° 1 del Consejo General, expedido en su sesión el día 7 de enero del año que cursa.
   
b)
Elaborar los proyectos relacionado con lo dispuesto por el artículo 95 fracción XXXV del Código Electoral del Estado de México.
   
c)
Elaborar los estudios que permitan dar cumplimiento a lo establecido en el Código Electoral del Estado en su artículo 95 fracción XXVII.
   
V.
Que el Instituto Electoral del Estado de México, suscribió con el Instituto Federal Electoral, con fecha 1° de febrero de 1999, el Convenio de Apoyo y Colaboración para la Aportación de Elementos, Información y Documentación de Carácter Electoral, que servirá de base para el Proceso Electoral de 1999, por el que en el Estado de México se elegirá al Titular del Poder Ejecutivo para el período constitucional 1999-2005.
   
VI.
Que en el Anexo Técnico N° 2 del Convenio que se menciona en el considerando anterior, se establece que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado, le otorga personalidad jurídica a la Comisión de Vigilancia para la Actualización, Depuración y Verificación del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, con lo cual queda facultada para intervenir en todo aquello que esté vinculado con el Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores y que se precisa en el acuerdo N° 7 del Consejo General.
   
VII.
Que la Comisión de Vigilancia para la Actualización, Depuración y Verificación del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, ha celebrado diversas sesiones de trabajo a partir de la fecha en que quedó formalmente instalada y que uno de los temas ampliamente comentado por sus integrantes está vinculado con la verificación y auditoría al padrón electoral y lista nominal de electores, habiéndose aprobado un proyecto para ser sometido a la consideración, y en su caso, a la aprobación del Consejo General del Instituto.
   
VIII.
Que la Comisión de Vigilancia para la Actualización, Depuración y Verificación del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, con fecha 12 de marzo del presente año, remitió a la Presidencia del Consejo General el Proyecto de Auditoría y Verificación del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, solicitando su incorporación en el orden del día de la próxima sesión del Consejo General, acompañando el estudio correspondiente.
   

En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:


ACUERDO

PRIMERO: El Consejo General del Instituto Electoral del Estado, aprueba en sus términos, el Proyecto de Auditoría y Verificación al Padrón y Lista Nominal de Electores, aprobado y remitido por la Comisión de Vigilancia para la Actualización, Depuración y Verificación del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, mismo que se adjunta al presente acuerdo, formando parte del mismo.

SEGUNDO: El Proyecto de Auditoría y Verificación al Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, tendrá como objetivos generales, los siguientes:

 
a)
Llevar a cabo un programa de Verificación al Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, para corregir, en su caso, antes del 8 de mayo de 1999, las inconsistencias que se detecten.
 
b)
Llevar a cabo una auditoría externa a los productos electorales, previa a la jornada electoral, cuyos resultados única y exclusivamente servirán, en su caso, para que en su momento se lleve a cabo un programa de mejoramiento y corrección de los productos electorales.
 
c)
Llevar a cabo un programa de Verificación al Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores y un Programa de Mejoramiento y Corrección de los productos electorales, como una actividad previa al proceso electoral del año 2000, tomando en cuenta los cronogramas legales, tanto del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales como del Código Electoral del Estado de México. Este programa será para dar cumplimiento a la fracción XXXV del artículo 95 del Código Electoral del Estado de México.
 
d)
Reglamentar, en su caso, la organización y funcionamiento del Registro Estatal de Electores del Estado de México, tomando como base los resultados de los programas y mecanismos de verificación, así como de la auditoría externa practicados al padrón electoral y lista nominal de electores.

TERCERO: Remítase el Proyecto de Auditoría y Verificación al Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores que se aprueba, a la Dirección Ejecutiva del Instituto Federal Electoral con el propósito de establecer en coordinación con el Instituto Electoral del Estado, el cronograma de actividades correspondientes y, en su oportunidad, se suscriba el anexo técnico para ese efecto.

CUARTO: El Instituto Electoral del Estado de México de su presupuesto de egresos para el proceso ordinario de 1999, erogará el monto que resulte para el desarrollo del proyecto que se autoriza.

TRANSITORIO

UNICO: Publíquese el presente acuerdo con el Proyecto de Auditoría y Verificación al Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.

Toluca de Lerdo, Méx., a 17 de marzo de 1999

“TU HACES LA MEJOR ELECCION”
A T E N T A M E N T E

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE MARIA SAINZ GOMEZ SALCEDO
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)