IEEM
IEEM
Fecha de Última Actualización 23 de abril de 2013

XVI. Índices de Información Reservada y Listado de Base de Datos Personales

Artículo 12: Los Sujetos Obligados deberán tener disponible en medio impreso o electrónico, de manera permanente y actualizada, de forma sencilla, precisa y entendible para los particulares, la información siguiente:

XVI. Índices de Información clasificada como reservada y listado de bases de datos personales que cada sujeto obligado posee y maneja.