Comisión de
Organización y Capacitación
| CARGO |
INTEGRANTES |
| Presidente |
Mtro. Arturo Bolio Cerdán |
| Consejero Electoral |
Lic. Jacinto Policarpo Montes de Oca Vázquez |
| Consejero Electoral |
Lic. Juan Carlos Villarreal Martínez |
| Secretario Técnico |
Director de Capacitación |
| Secretario Técnico Suplente |
Director de Organización |
DEL OBJETO DE LA COMISIÓN
La Comisión de Organización y Capacitación tiene como objeto apoyar al Consejo General en el desempeño de sus atribuciones en materia de organización y capacitación electoral, derivadas del Programa de Educación Cívica, Promoción y Difusión de la Cultura Política Democrática, así como para la preparación y desarrollo de los procesos electorales.
DE LAS ATRIBUCIONES DE LA COMISIÓN
- Conocer, analizar y aprobar la propuesta que haga la Junta General del Programa de Educación Cívica, Promoción y Difusión de la Cultura Política Democrática y sus Anexos.
- Vigilar el desarrollo de todos los trabajos de Educación Cívica, Promoción y Difusión de la Cultura Política Democrática, que el Instituto lleve a cabo.
- Coadyuvar en la vigilancia del Programa de Educación Cívica, Promoción y Difusión de la Cultura Política Democrática que presente la Junta General, para someterlo a la consideración del Consejo General.
- Vigilar el desarrollo de todos los trabajos en materia de organización y capacitación, que el Instituto lleve a cabo para los Procesos Electorales correspondientes.
- Vigilar la instalación y funcionamiento de las Juntas Distritales y Municipales, proponiendo las medidas correctivas que se estimen procedentes
- Vigilar la integración, instalación y funcionamiento de los Consejos Distritales y Municipales.
- Conocer, analizar y aprobar la propuesta que haga la Junta General del Programa de Capacitación, para la integración de las Mesas Directivas de Casilla, y la remisión, para la aprobación definitiva, en su caso, por el Consejo General
- Conocer, analizar y aprobar la elaboración del material didáctico e instructivos electorales, que en materia de capacitación y organización, difunda el Instituto Electoral, sugiriendo las modificaciones que se estimen convenientes.
- Supervisar y vigilar la notificación y capacitación a los ciudadanos insaculados.
- Conocer, analizar, aprobar, vigilar y supervisar el cumplimiento del procedimiento que deban observar los Consejos Electorales Distritales para la segunda insaculación, sugiriendo las modificaciones que se estimen convenientes.
- Conocer acerca de las actividades que realicen y de los informes que rindan las Juntas y Consejos Distritales y Municipales.
- Conocer, analizar y aprobar la propuesta que haga la Junta General de los formatos de boletas electorales y documentación electoral, así como las características de los materiales electorales, sugiriendo las modificaciones que se estimen convenientes.
- Supervisar y vigilar la elaboración, impresión y distribución de documentación y material electoral, conforme a las disposiciones del Código y a los acuerdos que emita el Consejo General.
- Revisar que las características que posean los materiales electorales sean óptimas y, en su caso, proponer las adecuaciones que se estimen pertinentes, observando, en todo momento, lo dispuesto por el Código.
- Conocer la propuesta del Programa de Resultados Electorales Preliminares que realice la Junta General haciendo las modificaciones que estime convenientes, para su remisión al Consejo General; así como también, vigilar, una vez aprobado, que se cumplan todas sus fases conforme al Código, haciendo las sugerencias que se estimen pertinentes.
- Vigilar que se recabe la documentación que ordena el Código, para la integración de los expedientes, a fin de que el Consejo General efectúe los cómputos respectivos.
- Revisar y vigilar los avances y resultados de la Notificación y Capacitación, y monitorear su desarrollo.
- Vigilar que la ubicación, integración y número de casillas que aprueben los Consejos Distritales y Municipales se realicen de acuerdo con lo establecido en el Código.
- Conocer y analizar las propuestas de ubicación de Casillas Especiales que hagan los Consejos Distritales para tal efecto.
- Conocer y analizar las propuestas que formule la Junta General, de sustitución de ciudadanos para integrar las Juntas Distritales y Municipales, en los términos establecidos en el Estatuto y en el Programa del Servicio Electoral Profesional.
- Proponer al Consejo General la sustitución de Consejeros Electorales de los Consejos Distritales y Municipales, que presente la Junta General.
- Conocer y vigilar lo relativo al procedimiento de ingreso de Instructores y Capacitadores.
- Solicitar información sobre la realización de la estadística electoral.
- Elaborar y someter a la consideración del Consejo General, los proyectos de acuerdo y dictamen, que en materia de organización y capacitación emita la Comisión.
- Informar al Consejo General sobre las actividades que desarrolle la Comisión.
- Las demás que le otorgue el Consejo General.