| El
Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México,
en su sesión ordinaria del día 26 de agosto del 2002,
se sirvió expedir el siguiente:
Acuerdo N° 29
Traspasos Presupuestales para complementar el Techo Financiero
de la
Obra del Edificio sede del Instituto Electoral del Estado
de México
CONSIDERANDO |
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| I. |
Que el Consejo General en
su sesión ordinaria del día 22 de octubre del
año 2001, mediante su acuerdo N° 30 publicado en
la Gaceta del Gobierno el día 22 del mes de octubre
el mismo año, aprobó la adjudicación
del concurso del Proyecto Arquitectónico de la sede
del Instituto Electoral del Estado de México. |
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| II. |
Que el procedimiento del
concurso público para el Proyecto Arquitectónico
del edificio del Instituto Electoral del Estado de México,
quedó registrado bajo el número IEEM/CLP/04/2001
y cumplió con todas las etapas señaladas en
las bases expedidas por el Instituto para ese efecto, adjudicándose
en favor del proyecto presentado por el Arq. Jorge Eduardo
Valdez Garcés. |
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| III. |
Que en el mismo acuerdo N°
30, el Consejo General ordenó que el Instituto conjuntamente
con el proyectista adjudicado, realizara los ajustes técnicos
al proyecto ejecutivo que se requieran para el desarrollo
de las actividades operativas del propio Organo Electoral,
autorizando también a la Consejera Presidenta, Director
General y Secretario General, a suscribir el Contrato de Prestación
de Servicios Profesionales con el Arq. Jorge Eduardo Valdez
Garcés. |
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IV. |
Que los representantes del Instituto,
mandatados por el Consejo General, suscribieron el Contrato
de Prestación de Servicios Profesionales con el proyectista
apareciendo como pago de honorarios la cantidad de $993,366.00
(novecientos noventa y tres mil trescientos sesenta y seis
pesos 00/100 M.N.), que fue la autorizada por el Consejo General
en el Acuerdo de Adjudicación correspondiente. |
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V. |
Que el Consejo General en su sesión
del día 28 de febrero del año 2002, mediante
acuerdo N° 7 publicado en la Gaceta del Gobierno el día
1° del mes de marzo del año en curso, aprobó
la adjudicación del Concurso Nacional N° IEEM/CLP/02/2002
a favor de la Empresa Constructora CAFARO, S.A. de C.V. para
que construya en el predio propiedad del Instituto ubicado
en Paseo Tollocan No. 944, Santa Ana Tlapaltitlan, Toluca,
México, el edificio donde será la nueva sede
del Instituto Electoral del Estado de México. |
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VI. |
Que en el punto resolutivo tercero del
acuerdo N° 7 que se indica, el Consejo General ordenó
que el Instituto, conjuntamente con la Constructora adjudicada,
realizara los ajustes técnicos que fueran procedentes
al programa de ejecución de la obra a juicio del Instituto;
autorizando además, a la Consejera Presidenta, Director
General y Secretario General, para suscribir el Contrato de
Obra a Precios Unitarios y Tiempo Determinado con el representante
legal de la Constructora CAFARO, S.A. de C.V. dentro de los
plazos que se indican en las bases del concurso. |
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VII. |
Que los representantes del Instituto
mandatados por el Consejo General con fecha 1° de marzo
del año 2002, celebraron con la Empresa Constructora
CAFARO S.A. de C.V. el Contrato de Obra a Precios Unitarios
y a Tiempo Determinado, estableciendo como objeto del mismo
la ejecución de la obra consistente en el edificio
sede del Instituto Electoral del Estado de México,
en el predio ubicado en el Paseo Tollocan N° 944, Santa
Ana Tlapaltitlan en términos del Proyecto Ejecutivo,
planos y especificaciones que se establecieron en los concursos
nacionales números IEEM/CLP/04/2001 e IEEM/CLP/02/2002,
estableciéndose en la cláusula segunda del mencionado
contrato como fecha de inicio de la obra el día 3 de
marzo y como fecha de conclusión el 30 de noviembre
del año 2002. |
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VIII. |
Que el Contrato de Obra a Precios Unitarios
y Tiempo Determinado celebrado con la Constructora CAFARO,
S.A. de C.V. estableció en su cláusula tercera
el precio por la ejecución de la obra, pactándose
la cantidad autorizada por el Consejo General de $96,938,434.46
(Noventa y seis millones novecientos treinta y ocho mil cuatrocientos
treinta y cuatro pesos 46/100 M.N.), más la cantidad
de $14, 540,735.71 (Catorce millones quinientos cuarenta mil
setecientos treinta y cinco pesos 71/100 M.N.), correspondiente
al IVA. |
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| IX. |
Que la LIV Legislatura del Estado de
México, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales
aprobó, en sesión celebrada el día 29
de diciembre del año 2001, mediante Decreto N°
51 publicado en la Gaceta del Gobierno el día 31 de
diciembre del año 2001, el Presupuesto de Egresos del
Gobierno del Estado para el Ejercicio Fiscal del año
2002, autorizando en su artículo 16, el Presupuesto
del Instituto Electoral del Estado de México para el
presente año; conteniéndose dentro del mismo
las partidas correspondientes a la obra pública consistente
en el edificio sede del Instituto. |
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| X. |
Que el artículo tercero transitorio
del Decreto número 51 de la Legislatura del Estado,
estableció que para el caso de que el Proceso Electoral
para la renovación de Ayuntamientos y la Legislatura
Local inicie en el año 2002, el Ejecutivo del Estado
proveerá lo necesario para dotar de recursos suficientes
al Instituto Electoral del Estado de México. |
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| XI. |
Que el supuesto que estableció
el artículo tercero transitorio, se concreto por Decreto
N° 52 de la LIV Legislatura publicado en la Gaceta del
Gobierno el día 1° de enero del año 2002,
por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones
del Código Electoral del Estado de México, modificando
inicialmente el periodo de inicio de los Procesos Electorales
y la fecha de las elecciones de los Diputados a la LV legislatura
y los integrantes de los 124 Ayuntamientos de la entidad. |
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XII. |
Que las razones anteriores obligaron
al Consejo General a expedir su acuerdo N° 2 y realizar
el ajuste e incremento del presupuesto del Instituto para
su ejercicio del año 2002, considerando en las partidas
presupuestales 6110 y 6204 la cantidad de $73,915,456.00 (Setenta
y tres millones novecientos quince mil cuatrocientos cincuenta
y seis pesos 00/100 M.N.), para destinarse a la construcción
de la obra pública consistente en el edificio sede
del Instituto Electoral del Estado de México. |
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XIII. |
Que el Instituto, en términos de
lo dispuesto por la Ley de Obras Públicas del Estado
de México y su Reglamento, el día 13 de mayo
del presente año contrató los servicios de la
Empresa Alta Tecnología en Ingeniería y Construcción,
S.A. de C.V. celebrando el Contrato de Prestación de
Servicios para la Supervisión Técnica y de Calidad
de Materiales de la Obra de Construcción de la nueva
sede del Instituto Electoral del Estado de México,
estableciéndose como objeto realizar los trabajos para
la administración del proyecto, coordinación,
supervisión y control de calidad de los materiales
de la obra, de la nueva sede del Instituto.
Dentro de las obligaciones impuestas a la
supervisión de la obra, está la revisión
del proyecto ejecutivo inicial a efecto de detectar errores,
omisiones o inconsistencias en el diseño y sus especificaciones,
debiendo turnarlas al Instituto con la propuesta de sustitución
o una recomendación de acciones a realizar. |
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XIV. |
Que la Empresa Supervisora realizó el estudio de la
documentación que se contiene en el expediente del Proyecto
Ejecutivo, sugiriendo algunas adecuaciones al mismo derivadas
las condiciones del suelo así como la eficientación
y complementación a las ingenierías del proyecto
original; que resultan del cumplimiento de requisitos impuestos
por las autoridades de Obras Públicas, de Ecología,
Protección Civil, Vialidad y Salud entre otras, al expedir
las licencias correspondientes. |
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XV. |
Que el Instituto cuenta con la reserva
financiera que forma parte del patrimonio, misma que fue constituida
por el Consejo General, mediante sus acuerdos números
21, aprobado en su sesión celebrada del día
28 de junio del 2001, publicado en la Gaceta del Gobierno
el día 29 de junio del mismo año y 27, aprobado
en su sesión del día 27 de septiembre del año
2001, publicado en la Gaceta del Gobierno el día 28
de septiembre del año 2001, actualmente asciende a
la cantidad de $18,634,405.83 (Dieciocho millones seiscientos
treinta y cuatro mil cuatrocientos cinco pesos 83/100 M.N). |
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XVI. |
Que también es procedente considerar
la cantidad remanente de la que fue originalmente autorizada
por el Consejo General, mediante su acuerdo N° 1 publicado
en la Gaceta del Gobierno el día 19 del mes de enero
del 2001, en la que se autorizaron 50,000,000.00 (cincuenta
millones de pesos 00/100 M.N.), para adquirir bienes inmuebles
para el Instituto, cantidad a la que se le debe descontar
el monto de la adquisición del predio ubicado en el
número 944 de Paseo Tollocan de esta Ciudad, los gastos
notariales y de escrituración. |
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XVII. |
Que derivado de los informes de la Dirección
de Administración del Instituto, la cantidad remanente
de la partida de adquisición de inmuebles a que se
refiere el considerando anterior asciende a la cantidad de
$27,788,039.33 (Veintisiete millones setecientos ochenta y
ocho mil treinta y nueve pesos 33/100 M.N.). |
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XVIII |
Que la Comisión de Vigilancia
de las Actividades Administrativas y Financieras, en su sesión
del día 19 del mes de agosto del presente año,
y los integrantes del Consejo General en reunión de
trabajo celebrada el día 22 de agosto del presente
año, conocieron la necesidad de complementar con recursos
económicos la partida de obra pública originalmente
autorizada por el Presupuesto de Egresos del Instituto para
el Ejercicio 2002, la cual asciende a la cantidad de $73,915,456.00
(Setenta y tres millones novecientos quince mil cuatrocientos
cincuenta y seis pesos 00/100 M.N.), a efecto de integrar
y completar el techo financiero de $96,938,434.46 (Noventa
y seis millones novecientos treinta y ocho mil cuatrocientos
treinta y cuatro pesos 46/100 M.N.), que fue autorizado por
el Consejo General al adjudicar el concurso de Obra Pública
a la Empresa Constructora CAFARO, S.A. de C.V. |
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XIX. |
Que asimismo, es necesario considerar
la cifra de $14,540,735.71 (Catorce millones quinientos cuarenta
mil setecientos treinta y cinco pesos 71/100 M.N.), que resulta
de la obligación fiscal que deriva del pago del Impuesto
al Valor Agregado, por la celebración de la operación
del Contrato de Obra a Precios Unitarios y a Tiempo Determinado,
entre el Instituto Electoral del Estado de México y
la Constructora CAFARO, S.A. de C.V. |
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XX. |
Que el Consejo General, teniendo en cuenta
que las partidas de la obra pública del Edificio del
Instituto, originalmente autorizadas por el Presupuesto de
Egresos para el año 2002, no es suficiente para cubrir
el techo financiero autorizado para la Construcción
del Edificio Sede del Instituto, se pronuncia porque se autorice
el traspaso de los recursos que se encuentran considerados
como reserva financiera dentro del patrimonio institucional
y que se utilicen para el pago de las contribuciones fiscales
que resultan por la celebración del Contrato de Obra
a Precios Unitarios y Tiempo Determinado que tienen formalizado
el Instituto con la Constructora CAFARO, S.A. de C.V., así
como el pago por la expedición de licencias para la
obra y en especial para la construcción del puente
peatonal que ordena la licencia de impacto vial. |
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XXI. |
Que asimismo, es conveniente autorizar
que el remanente de $27,788,039.33 (Veintisiete millones setecientos
ochenta y ocho mil treinta y nueve pesos 33/100 M.N.), resultante
de la partida de adquisición de inmuebles se traspase
a las partidas de la obra del Instituto, con lo cual se completará
la cantidad del Techo Financiero aprobado por el Consejo General
para la Obra del Instituto, recomendando también que
se aplique a los rubros de eficientación y complementación
del Proyecto Ejecutivo Original y que resultan de las obligaciones
que imponen las licencias expedidas por las autoridades competentes
determinando, si el caso lo requiere, celebrar con la Empresa
Constructora CAFARO, S.A. de C.V. el convenio que corresponda
en términos de las disposiciones contenidas en la Ley
de Obras Públicas del Estado de México y su
Reglamento. |
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| En mérito de lo anterior se expide el siguiente: |
ACUERDO
PRIMERO.- Se autoriza
la disposición y traspaso de los recursos que sean necesarios
de la Reserva Financiera para el cumplimiento de obligaciones fiscales
que resulten por la celebración del Contrato de Obra Pública
a Precios Unitarios y Tiempo Determinado entre el Instituto y la
Constructora CAFARO, S.A. de C.V. y, en especial, para la construcción
del puente peatonal ordenada por la Dirección General de
Vialidad.
SEGUNDO.- Se autoriza la
disposición y traspaso de la cantidad de $27,788,039.33 (Veintisiete
millones setecientos ochenta y ocho mil treinta y nueve pesos 33/100
M.N.), remanente de la cantidad que fue utilizada para la compra
del inmueble donde tendrá su sede el Instituto Electoral
del Estado de México, para que se aplique a las partidas
de la construcción de la obra, con la cual se completa el
Techo Financiero de la Obra, recomendando utilizarse en las diversas
acciones que complementan y eficientan el Proyecto Ejecutivo ordenadas
por las autoridades al momento de expedir las licencias correspondientes.
TERCERO.- Se ratifica como fecha de terminación
de la obra el día 30 de noviembre del año en curso.
CUARTO.- Se autoriza a la
Consejera Presidenta, al Director General y al Secretario General
a firmar, si el caso lo requiere, el convenio único con la
Empresa Constructora CAFARO, S.A. de C.V., para el efecto de legalizar
las complementaciones y eficientaciones del Proyecto Ejecutivo de
la Obra.
QUINTO.- La Comisión
de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras vigilará
y supervisará en todo momento la aplicación de los
recursos económicos que el Consejo General ha autorizado
para la construcción del edificio sede del Instituto Electoral
del Estado de México, debiendo informar de sus resultados
al Organo Superior de Dirección.
TRANSITORIO
UNICO.- Publíquese el presente acuerdo
en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.
Toluca de Lerdo, México, a 26 de agosto del 2002
"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E
LA CONSEJERA PRESIDENTA DEL CONSEJO
GENERAL
LIC. MARIA LUISA FARRERA PANIAGUA
(RUBRICA)
EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)
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