| El
Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México,
en su sesión ordinaria del día 26 de agosto del 2002,
se sirvió aprobar el siguiente:
Acuerdo N°
27
Plan de Medios para los Procesos Electorales 2002-2003
CONSIDERANDO |
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| I. |
Que el Instituto Electoral
del Estado de México, de acuerdo con lo establecido
en la Constitución Política del Estado Libre
y Soberano de México, en su artículo 11 y en
el Código Electoral del Estado en su artículo
78, es un organismo público, autónomo, dotado
de personalidad jurídica y patrimonios propios, responsable
de la organización, desarrollo y vigilancia de los
Procesos Electorales para las Elecciones de Gobernador, Diputados
a la Legislatura del Estado y de miembros de los Ayuntamientos. |
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| II. |
Que el Código Electoral
del Estado de México, en su artículo 81 señala
al Instituto, los siguientes fines: |
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| I. |
Contribuir
al desarrollo de la vida democrática.
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| II. |
Contribuir
al fortalecimiento del régimen de Partidos Políticos. |
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| III. |
Garantizar
a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-
electorales y vigilaroel
cumplimiento de sus obligaciones |
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| IV. |
Garantizar
la celebración periódica y pacífica
de las Elecciones para renovar a losointegrantes
del Poder Legislativo, del Titular del Poder Ejecutivo
y los integrantes de los
Ayuntamientos. |
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| V. |
Velar
por la autenticidad y efectividad del sufragio; y, |
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| VI. |
Coadyuvar
en la promoción y difusión de la cultura
político- democrática. |
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| III. |
Que para cumplir con el objeto
y fines que la Legislación Electoral le señala
al Instituto Electoral del Estado de México, el Consejo
General en su sesión del día 22 de enero del
2002, aprobó mediante su acuerdo N° 1, publicado
en la Gaceta del Gobierno el día 23 de enero del mismo
año, el Programa Anual de Actividades del Instituto
para el año 2002, estableciendo en la línea
programática N° 4, la obligación de presentar
el Plan de Medios para los Procesos Electorales 2002-2003,
en el mes de agosto del presente año. |
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IV. |
Que en esa virtud, el Programa de Actividades
del Instituto aprobado, contiene una serie de acciones vinculadas
con la Comunicación Política Electoral, que
al ejecutarse habrá de coadyuvar a que el Instituto
Electoral del Estado de México, cumpla oportuna y eficazmente
con la encomienda de organizar, desarrollar y vigilar los
Procesos Electorales 2002-2003, haciéndose necesario
para ello, aprobar el Plan de Medios que así lo permita. |
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V. |
Que la Junta General, en ejercicio de
la atribución que le confiere el Código Electoral
del Estado de México en su artículo 99 fracción
I, ha elaborado el documento denominado Plan de Medios para
los Procesos Electorales 2002-2003, donde se contienen las
distintas acciones que debe desarrollar el Instituto en materia
de Comunicación Político-Electoral, que permita
difundir las actividades que deba desarrollar el Instituto
en la organización, desarrollo y vigilancia de los
Procesos Electorales 2002-2003 y con ello informar adecuadamente
a la sociedad del Estado de México. |
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VI. |
Que es conveniente destacar que el Plan
de Medios que presenta la Junta General, establece como objetivo
propiciar, a través de los medios de comunicación
masiva y alternativa, un proceso de comunicación que
permita difundir los derechos y obligaciones político
electorales de los ciudadanos del Estado de México;
las acciones que debe desarrollar el Instituto con motivo
de la organización, desarrollo y vigilancia de los
Procesos Electorales 2002-2003; así como la identidad
del Instituto Electoral del Estado de México. |
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VII. |
Que igualmente resulta importante destacar
la integración del Plan de Medios, que cuenta con un
objetivo general; con objetivos específicos, con políticas
claras a seguir por el Instituto en la materia de Comunicación
Social; así como su división en tres grandes
programas, cada uno con actividades específicas a desarrollar,
con su cronograma correspondiente; complementándose
con las aplicaciones y tipografías a utilizarse para
los Procesos Electorales 2002-2003, y con las pautas para
cada programa y, finalmente, como parte del Plan de Medios
se integra el Manual de Identidad Institucional. Con ello,
el Instituto difundirá e informará oportunamente
a la sociedad mexiquense. |
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VIII. |
Que el Consejo General del Instituto,
conforme a lo dispuesto por el Código Electoral del
Estado de México en su artículo 95 fracción
XXXIV, tiene la atribución de aprobar las políticas
generales, los programas y procedimientos administrativos
del Instituto que le proponga la Junta General. |
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| En mérito de lo anterior, se expide el siguiente: |
ACUERDO
PRIMERO.- El Consejo
General del Instituto, aprueba en lo general el documento denominado
Plan de Medios para los Procesos Electorales 2002-2003, presentado
por la Junta General, mismo que se adjunta al presente acuerdo formando
parte del mismo.
SEGUNDO.- La Comisión
de Radiodifusión y Propaganda, dentro de sus atribuciones,
revisará y vigilará el cumplimiento del Plan de Medios
2002-2003; y, en su caso, propondrá las modificaciones que
estime conveniente al Consejo General.
TERCERO.- La Comisión
de Radiodifusión y Propaganda revisará el Plan de
Medios, debiendo hacer las correcciones o complementaciones correspondientes.
TRANSITORIO
UNICO.- Publíquese
el presente acuerdo en la Gaceta del Gobierno del Estado de México,
con una versión abreviada del Plan de Medios para los Procesos
Electorales 2002-2003.
Toluca de Lerdo, México, a
26 de agosto del 2002.
"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E
LA CONSEJERA PRESIDENTA DEL CONSEJO
GENERAL
LIC. MARIA LUISA FARRERA PANIAGUA
(RUBRICA)
EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)
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