El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 26 de agosto del 2002, se sirvió aprobar el siguiente:

Acuerdo N° 25
Programa de Capacitación Electoral para los Procesos Electorales 2002-2003

CONSIDERANDO

 
I.
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en su artículo 11 establece que la organización, desarrollo y vigilancia de los Procesos Electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y Ayuntamientos, es una función estatal que se realiza a través de un Organismo Público, Autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios denominado Instituto Electoral del Estado de México, señalando que el Organo Electoral tendrá a su cargo, además de las atribuciones que le otorga la ley, una serie de actividades, entre las cuales se señalan las relativas a la Capacitación Electoral y Educación Cívica.
 
II.
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 107 fracciones I y III, otorga a la Dirección de Capacitación las atribuciones de elaborar y proponer los Programas de Educación Cívica, Capacitación Electoral y Difusión de la Cultura Político-Democrática, que desarrollen los Organos del Instituto, así como diseñar el material didáctico y los instructivos electorales, debiendo someterlos a la aprobación del Consejo General, a través de la Junta General.
 
III.
Que la Junta General en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Electoral del Estado de México, en su artículo 99 fracción II, en su sesión del día 9 del mes de febrero del presente año, aprobó la propuesta presentada por la Dirección de Capacitación del Instituto del Programa de Capacitación y materiales didácticos e instructivos electorales para los Procesos Electorales 2002-2003 y se apliquen en caso de ser aprobados por el Consejo General, a los ciudadanos que resulten insaculados.
   
IV.
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 166 relativo al Procedimiento para la Integración de las Mesas Directivas de Casilla, establece la facultad del Consejo General, para aprobar el Programa de Capacitación y los materiales didácticos que deben utilizar las Juntas Distritales Electorales en coordinación con las Juntas Municipales Electorales, en la impartición de los cursos de capacitación de los ciudadanos que resulten insaculados y que cumplan con los requisitos que les exige el Código Electoral del Estado de México para integrar las Mesas Directivas de Casilla.
   
V.
Que el Consejo General en su sesión del día 26 de agosto del presente año, en su acuerdo N° 16 relativo al Objeto, Atribuciones y Lineamientos de Organización y Funcionamiento, de la Comisión de Organización y Capacitación, otorgó en el artículo 2 fracciones I y V las atribuciones de conocer, analizar y aprobar la propuesta que haga la Junta General del Programa de Capacitación y de los materiales e instructivos electorales, que difunda el Instituto para los Procesos Electorales 2002-2003, para su remisión al Consejo General y aprobación definitiva, en su caso.
   
VI.
Que la Junta General del Instituto, remitió mediante oficio número IEEM/SG/594/02 suscrito por la Consejera Presidenta, Director General y Secretario General, al Presidente de la Comisión de Organización y Capacitación del Instituto, la propuesta del Programa de Capacitación Electoral y materiales electorales que fueron aprobados por ese Organo Central del Instituto, solicitándole someterlo a la consideración y aprobación, en su caso, de los integrantes de la misma y, en su oportunidad, a la consideración y aprobación definitiva del Consejo General.
   
VII.
Que la Comisión de Organización y Capacitación en su sesión celebrada el día 20 de agosto del presente año, conoció la propuesta del Programa de Capacitación Electoral para los Procesos Electorales 2002-2003 y de los materiales didácticos que fueron remitidos por la Junta General del Instituto, habiéndose enriquecido y complementado con las opiniones y sugerencias de sus integrantes, aprobándose el documento y sus anexos, los que se adjuntan al presente acuerdo, formando parte del mismo acordándose su remisión a la consideración del Organo Superior de Dirección y, en su caso, su aprobación definitiva.
 
VIII.

Que es procedente destacar que el Programa de Capacitación Electoral que esta ocasión se presenta contiene como objetivo general la preparación con conocimientos y prácticas electorales, a integrantes de las Juntas y Consejos Distritales y Municipales Electorales; a instructores; a capacitadores; a ciudadanos insaculados; a funcionarios de casilla designados y ciudadanía que lo solicite, para los Procesos Electorales 2002-2003.

Que asimismo se describen con precisión los objetivos específicos y las políticas que se persiguen. El programa se subdivide en 2 grandes vertientes, conteniendo cada una de ellas una serie de procedimientos y fases específicas: la primera vertiente se dedica a los procedimientos, fases de la notificación; responsabilidades y atribuciones para la notificación y capacitación electoral y que van desde el procedimiento de la primera insaculación, las fases de la notificación y la capacitación de ciudadanos insaculados; la segunda insaculación, la forma de designación; las fases de primera y segunda publicaciones de ubicación e integración de mesas directivas de casilla, con la fase intermedia relativa a las sustituciones; y, la fase final de sustituciones por causas supervinientes.

La segunda vertiente se dedica, dentro del programa, a la vinculación que por primera vez tendrán tres direcciones del Instituto; la de Capacitación; la del Servicio Electoral Profesional; y, la de Administración en la parte relativa a los instructores y capacitadores fijando con claridad la responsabilidad que a cada una toca; describiendo el procedimiento de convocatoria, solicitudes y recepción de los mismos; el curso de formación, la evaluación correspondiente; los resultados; y la selección y contratación eventual de instructores y capacitadores.

   
IX.
Que el Programa de Capacitación al contener como uno de los primeros actos preparatorios de los Procesos Electorales 2002-2003, el procedimiento de la primera insaculación de ciudadanos que debe realizar el Consejo General, esto debe considerarse como un apartado innovador y como consecuencia de ello será procedente que una vez aprobado el programa, se proceda por el Consejo General a llevar a cabo el procedimiento de la primera insaculación de ciudadanos en términos de lo que señala el Código Electoral del Estado de México en sus artículos 95 fracción XX y 166.
 
X.
Que el programa de capacitación y materiales electorales e instructivos que se presentan reúnen los requisitos legales, académicos y formales que se requieren, razón por la que el Consejo General con fundamento en lo dispuesto por el Código Electoral del Estado de México en su artículo 95 fracción XLVIII, estima procedente aprobarlos en los términos que se presentan por la Comisión de Organización y Capacitación y que como anexos formarán parte del presente acuerdo.
   
En mérito de lo anterior se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- Se aprueba en sus términos el Programa de Capacitación para los Procesos Electorales 2002-2003 y los materiales didácticos e instructivos que presenta la Comisión de Organización y Capacitación del Instituto, formando parte integrante del presente acuerdo.

SEGUNDO.- El Consejo General procederá en la primera semana del mes de septiembre del presente año, a llevar a cabo el procedimiento de la primera insaculación de ciudadanos a fin de determinar el mes en que hayan nacido los ciudadanos quienes serán potencialmente los funcionarios de mesas directivas de casilla, en términos de lo establecido en el Programa de Capacitación que se aprueba.

TERCERO.- Procédase, una vez que se instalen formalmente las Juntas Distritales y Municipales Electorales del Instituto, hacer del conocimiento el presente acuerdo y sus anexos; para su aplicación en la capacitación de los ciudadanos que resulten insaculados para integrar las Mesas Directivas de Casilla en los Procesos Electorales 2002-2003.

TRANSITORIO

UNICO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, con el resumen ejecutivo del Programa de Capacitación para los Procesos Electorales 2002-2003.

Toluca de Lerdo, México, a 26 de agosto del 2002

"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E

LA CONSEJERA PRESIDENTA DEL CONSEJO GENERAL
LIC. MARIA LUISA FARRERA PANIAGUA
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERA
L
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)