El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 22 de enero del año 2002, se sirvió expedir lo siguiente:

Acuerdo N° 2
Ajuste e Incremento del Presupuesto del Instituto Electoral del Estado de México, para el ejercicio del año 2002

CONSIDERANDO

 
I.
Que el Código Electoral del Estado de México en su artículo 80, establece que el patrimonio del Instituto se integra con los bienes muebles e inmuebles que se destinen al cumplimiento de su objeto y las partidas que anualmente se le señalen en el Presupuesto de Egresos del Estado de México.
 
II.
Que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión ordinaria del día 22 de octubre del año 2001, mediante su acuerdo N° 29 publicado en la Gaceta del Gobierno el día 22 de octubre del mismo año, aprobó el Anteproyecto de Presupuesto del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2002, sustentado en el Programa de Actividades del año 2002 y considerando los requerimientos del gasto ordinario propio de la Institución y algunas acciones preparatorias para los Procesos Electorales del año 2003.
 
III.
Que en el punto segundo del acuerdo previamente citado, se ordenó a la Consejera Presidenta del Consejo General, remitiera el Proyecto de Presupuesto aprobado, al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, para que se incorporara al Proyecto consolidado de Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado para el Ejercicio Fiscal del año 2002, que se enviaría a la LIV Legislatura Local, para su discusión y aprobación en su caso.
   
IV.
Que la LIV Legislatura del Estado, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, mediante Decreto Número 51, aprobó en su sesión del día 29 de diciembre del 2001, el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México para el Ejercicio Fiscal del 2002, publicándose en la Gaceta del Gobierno el día 31 de diciembre del año próximo pasado, asignando, en su artículo 16, al Instituto Electoral del Estado de México, la cantidad de $452,993,829.40 (cuatrocientos cincuenta y dos millones novecientos noventa y tres mil ochocientos veintinueve pesos 40/100 M.N.).
   
V.
Que en el artículo tercero transitorio del Decreto Número 51 emitido por la LIV Legislatura Local, se estableció que para el caso de que el Proceso Electoral para la renovación de Ayuntamientos y Legislatura Local inicie en el año 2002, el Ejecutivo del Estado proveerá lo necesario para dotar de recursos suficientes al Instituto Electoral del Estado de México.
 
VI.
Que la Legislatura del Estado de México, mediante Decreto Número 52 aprobado en sesión de fecha 30 de diciembre del año próximo pasado, publicado en la Gaceta del Gobierno el 1° de enero del 2002, se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Electoral del Estado de México, de las cuales específicamente se mencionan los artículos 92 párrafo segundo; 95 fracciones IX párrafo segundo y X párrafo segundo; 115, 124, 130 párrafo segundo; 139, 141, 142 y 166; disposiciones que en esencia modifican el período de inicio de los Procesos Electorales y la fecha en que habrán de celebrarse las elecciones para renovar la Legislatura Local y los 124 Ayuntamientos del Estado, ordenándose asimismo, que el inicio del Proceso Electoral se lleve a cabo dentro de la primera semana del mes de septiembre del año anterior al de la elección, esto es la primera semana del mes de septiembre del año 2002.
   
VII.
Que en virtud de lo expuesto en el considerando que antecede, es procedente que se realice el ajuste a las partidas del presupuesto que fue autorizado por la LIV Legislatura del Estado y se incluyan a su vez, las que sean indispensables para organizar los Procesos Electorales por los que se elijan a los Diputados a la LV Legislatura del Estado y a los integrantes de los 124 Ayuntamientos de la entidad, razón por la cual el Director de Administración y el Director General en cumplimiento a las obligaciones que les impone el Código Electoral del Estado de México en sus artículos 109 fracción III y 102 fracciones V y XVIII, respectivamente, sometieron a la consideración de la Junta General en sesión ordinaria del día 11 de enero del año en curso, la propuesta de ajustes y ampliaciones del Proyecto al Presupuesto del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2002, sustentado también por el Programa Anual de Actividades de este Órgano Electoral para el 2002, mismo que contempla las actividades ordinarias previamente programadas, así como las relativas al desarrollo de las acciones necesarias para la etapa de preparación de los Procesos Electorales que se indican, acordando hacer entrega del mismo a la Consejera Presidenta, para que ésta, con fundamento en las atribuciones que le confiere el artículo 95 fracción XXX, la someta a la consideración del Consejo General y se apruebe en definitiva en su caso y pueda, la Consejera Presidenta en su oportunidad, remitirlo al Titular del Ejecutivo del Estado, en ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 96 fracción V del mismo ordenamiento.
   
VIII.
Que el Consejo General, tomando en cuenta las reformas realizadas al Código Electoral del Estado de México y conforme a las adecuaciones y modificaciones incorporadas en el Programa Anual de Actividades del Instituto Electoral, estima conveniente adecuar y ajustar los recursos económicos que habían sido solicitados y autorizados previamente, a fin de cumplir con los requerimientos actuales de gasto ordinario de la Institución, así como la organización, desarrollo y vigilancia de los Procesos Electorales a celebrarse en los años 2002 y 2003.
 
IX.
Que el Código Electoral del Estado de México, en su artículo 95 fracción XXX, otorga al Consejo General la atribución de aprobar el Proyecto de Presupuesto del Instituto que presente la Consejera Presidenta.
   
En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO: El Consejo General del Instituto, aprueba el Ajuste e Incremento del Presupuesto de Egresos del Instituto Electoral del Estado de México para el año 2002, para que ascienda a la cantidad de $790,261,013.95 (setecientos noventa millones doscientos sesenta y un mil trece pesos 95/100), en términos del documento que se adjunta al presente acuerdo formando parte del mismo.

SEGUNDO: En términos del artículo tercero transitorio del Decreto N° 51 del Presupuesto de Egresos del Estado, la Consejera Presidenta remitirá al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, el Presupuesto del Instituto Electoral del Estado de México, para el ejercicio del año 2002, en el que se incrementa fundamentalmente en las partidas siguientes:

Partida
Concepto
Importe
%
1000
Remuneraciones al Personal de Carácter Temporal
$144,277,234.91
42.3%
4603
Financiamiento Público a los Partidos Políticos
$120,337,416.41
36%
4403
Convenio de Apoyo y Colaboración con el IFE
$ 12,000,000.00
4%
5301
Vehículos y Equipo de Transporte Terrestre
$ 15,603,940.00
5%
2101
Documentación y Material Electoral
$ 21,000,000.00
6%
3601
Gastos de Publicidad y Propaganda
$ 21,518,473.94
.6%
Otras
$ 2,530,119.33
.7%
TOTAL
$ 337,267,184.59

TERCERO: Solicítese, respetuosamente, al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, ordene a quien corresponda, la liberación de los recursos que abarca el Presupuesto de Egresos del Instituto para el año 2002, a efecto de estar en posibilidad de cumplir oportunamente con las acciones que señala el Programa de Actividades; y, en especial la organización, desarrollo y vigilancia de los Procesos Electorales que inician en el presente año.

TRANSITORIO

ÚNICO.- Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno del Estado de México".

Toluca de Lerdo, Méx., a 22 de enero del 2002

"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T E

LA CONSEJERA PRESIDENTA DEL CONSEJO GENERAL
LIC. MARIA LUISA FARRERA PANIAGUA
(RUBRICA)

EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA CISNEROS
(RUBRICA)