| El Consejo General
del Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión
ordinaria del día 22 de enero del año 2002, se sirvió
expedir lo siguiente:
Acuerdo N° 2
Ajuste e Incremento del Presupuesto del Instituto Electoral
del Estado de México, para el ejercicio del año
2002
CONSIDERANDO |
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| I. |
Que el Código Electoral
del Estado de México en su artículo 80, establece
que el patrimonio del Instituto se integra con los bienes
muebles e inmuebles que se destinen al cumplimiento de su
objeto y las partidas que anualmente se le señalen
en el Presupuesto de Egresos del Estado de México.
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| II. |
Que el Consejo General del
Instituto Electoral del Estado de México, en su sesión
ordinaria del día 22 de octubre del año 2001,
mediante su acuerdo N° 29 publicado en la Gaceta del Gobierno
el día 22 de octubre del mismo año, aprobó
el Anteproyecto de Presupuesto del Instituto Electoral del
Estado de México para el año 2002, sustentado
en el Programa de Actividades del año 2002 y considerando
los requerimientos del gasto ordinario propio de la Institución
y algunas acciones preparatorias para los Procesos Electorales
del año 2003. |
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| III. |
Que en el punto segundo del
acuerdo previamente citado, se ordenó a la Consejera
Presidenta del Consejo General, remitiera el Proyecto de Presupuesto
aprobado, al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, para
que se incorporara al Proyecto consolidado de Presupuesto
de Egresos del Gobierno del Estado para el Ejercicio Fiscal
del año 2002, que se enviaría a la LIV Legislatura
Local, para su discusión y aprobación en su
caso. |
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IV. |
Que la LIV Legislatura del Estado, en
ejercicio de sus atribuciones constitucionales, mediante Decreto
Número 51, aprobó en su sesión del día
29 de diciembre del 2001, el Presupuesto de Egresos del Gobierno
del Estado de México para el Ejercicio Fiscal del 2002,
publicándose en la Gaceta del Gobierno el día
31 de diciembre del año próximo pasado, asignando,
en su artículo 16, al Instituto Electoral del Estado
de México, la cantidad de $452,993,829.40 (cuatrocientos
cincuenta y dos millones novecientos noventa y tres mil ochocientos
veintinueve pesos 40/100 M.N.). |
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V. |
Que en el artículo tercero transitorio
del Decreto Número 51 emitido por la LIV Legislatura
Local, se estableció que para el caso de que el Proceso
Electoral para la renovación de Ayuntamientos y Legislatura
Local inicie en el año 2002, el Ejecutivo del Estado
proveerá lo necesario para dotar de recursos suficientes
al Instituto Electoral del Estado de México. |
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VI. |
Que la Legislatura del Estado de México,
mediante Decreto Número 52 aprobado en sesión
de fecha 30 de diciembre del año próximo pasado,
publicado en la Gaceta del Gobierno el 1° de enero del
2002, se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones
del Código Electoral del Estado de México, de
las cuales específicamente se mencionan los artículos
92 párrafo segundo; 95 fracciones IX párrafo
segundo y X párrafo segundo; 115, 124, 130 párrafo
segundo; 139, 141, 142 y 166; disposiciones que en esencia
modifican el período de inicio de los Procesos Electorales
y la fecha en que habrán de celebrarse las elecciones
para renovar la Legislatura Local y los 124 Ayuntamientos
del Estado, ordenándose asimismo, que el inicio del
Proceso Electoral se lleve a cabo dentro de la primera semana
del mes de septiembre del año anterior al de la elección,
esto es la primera semana del mes de septiembre del año
2002. |
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VII. |
Que en virtud de lo expuesto en el considerando
que antecede, es procedente que se realice el ajuste a las
partidas del presupuesto que fue autorizado por la LIV Legislatura
del Estado y se incluyan a su vez, las que sean indispensables
para organizar los Procesos Electorales por los que se elijan
a los Diputados a la LV Legislatura del Estado y a los integrantes
de los 124 Ayuntamientos de la entidad, razón por la
cual el Director de Administración y el Director General
en cumplimiento a las obligaciones que les impone el Código
Electoral del Estado de México en sus artículos
109 fracción III y 102 fracciones V y XVIII, respectivamente,
sometieron a la consideración de la Junta General en
sesión ordinaria del día 11 de enero del año
en curso, la propuesta de ajustes y ampliaciones del Proyecto
al Presupuesto del Instituto Electoral del Estado de México
para el año 2002, sustentado también por el
Programa Anual de Actividades de este Órgano Electoral
para el 2002, mismo que contempla las actividades ordinarias
previamente programadas, así como las relativas al
desarrollo de las acciones necesarias para la etapa de preparación
de los Procesos Electorales que se indican, acordando hacer
entrega del mismo a la Consejera Presidenta, para que ésta,
con fundamento en las atribuciones que le confiere el artículo
95 fracción XXX, la someta a la consideración
del Consejo General y se apruebe en definitiva en su caso
y pueda, la Consejera Presidenta en su oportunidad, remitirlo
al Titular del Ejecutivo del Estado, en ejercicio de la atribución
que le confiere el artículo 96 fracción V del
mismo ordenamiento. |
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VIII. |
Que el Consejo General, tomando en cuenta
las reformas realizadas al Código Electoral del Estado
de México y conforme a las adecuaciones y modificaciones
incorporadas en el Programa Anual de Actividades del Instituto
Electoral, estima conveniente adecuar y ajustar los recursos
económicos que habían sido solicitados y autorizados
previamente, a fin de cumplir con los requerimientos actuales
de gasto ordinario de la Institución, así como
la organización, desarrollo y vigilancia de los Procesos
Electorales a celebrarse en los años 2002 y 2003. |
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IX. |
Que el Código Electoral del Estado
de México, en su artículo 95 fracción
XXX, otorga al Consejo General la atribución de aprobar
el Proyecto de Presupuesto del Instituto que presente la Consejera
Presidenta. |
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| En mérito de lo anterior, se expide el siguiente: |
ACUERDO
PRIMERO: El Consejo
General del Instituto, aprueba el Ajuste e Incremento
del Presupuesto de Egresos del Instituto Electoral del
Estado de México para el año 2002, para
que ascienda a la cantidad de $790,261,013.95 (setecientos
noventa millones doscientos sesenta y un mil trece pesos
95/100), en términos del documento que se adjunta
al presente acuerdo formando parte del mismo.
SEGUNDO: En términos
del artículo tercero transitorio del Decreto N°
51 del Presupuesto de Egresos del Estado, la Consejera
Presidenta remitirá al Titular del Poder Ejecutivo
del Estado, el Presupuesto del Instituto Electoral del
Estado de México, para el ejercicio del año
2002, en el que se incrementa fundamentalmente en las
partidas siguientes:
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Partida |
Concepto |
Importe |
% |
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1000 |
Remuneraciones
al Personal de Carácter Temporal |
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42.3% |
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4603 |
Financiamiento
Público a los Partidos Políticos |
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36% |
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4403 |
Convenio
de Apoyo y Colaboración con el IFE |
|
4% |
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5301 |
Vehículos
y Equipo de Transporte Terrestre |
|
5% |
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2101 |
Documentación
y Material Electoral |
|
6% |
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3601 |
Gastos
de Publicidad y Propaganda |
|
.6% |
|
|
Otras |
|
.7% |
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TOTAL |
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TERCERO: Solicítese,
respetuosamente, al Titular del Poder Ejecutivo del Estado,
ordene a quien corresponda, la liberación de los
recursos que abarca el Presupuesto de Egresos del Instituto
para el año 2002, a efecto de estar en posibilidad
de cumplir oportunamente con las acciones que señala
el Programa de Actividades; y, en especial la organización,
desarrollo y vigilancia de los Procesos Electorales que
inician en el presente año.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Publíquese el presente acuerdo
en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno
del Estado de México".
Toluca de Lerdo, Méx.,
a 22 de enero del 2002
"TU HACES LA MEJOR ELECCION"
A T E N T A M E N T
E
LA CONSEJERA PRESIDENTA DEL CONSEJO GENERAL
LIC. MARIA LUISA FARRERA
PANIAGUA
(RUBRICA)
EL SECRETARIO DEL CONSEJO
GENERAL
LIC. JOSE BERNARDO GARCIA
CISNEROS
(RUBRICA)
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